Ajustes julio 2009

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el de julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 4: "Industria Textil", Subgrupo N° 02: "Fabricación de tejidos de punto", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano y Pablo Gutiérrez, y Delegada de los Trabajadores: Sra. Marina Gonzalez.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 601/008 de 5 de diciembre de 2008.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera del referido decreto, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009, será el resultante de la acumulación de los siguientes conceptos

A. El porcentaje de inflación proyectada para el período julio – diciembre 2009(porcentaje promedio entre la meta mínima y máxima de inflación-centro de la banda-del Banco Central del Uruguay) que resulta ser 2.5%.

B. Un 0.75% por concepto de crecimiento del salario real.

C. Un 1.16% por concepto de correctivo proveniente de revisar los cálculos de inflación proyectada para el período 1 de julio de 2008 al 30 de junio de 2009 comparándolos con la variación real del IPC de igual período.

TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado será de 4.47%.

CUARTO:Se deja constancia que citada en forma la delegación empresarial no concurrió.

QUINTO: Leída que fue la presente, se ratifica y se firma en el lugar y fecha indicados.

 

 

 

EscalaVigencia 1/1/09Vigencia 1/7/09EscalaVigencia 1/1/09Vigencia 1/7/09EscalaVigencia 1/1/09Vigencia 1/7/09
1027,7629,003333,935,425338,7240,45
1128,1629,423434,0135,535439,1540,90
1328,5529,833534,235,735539,9241,70
1629,2830,593634,5136,055641,0242,85
1729,8431,173734,7636,315741,1542,99
1830,231,553835,1936,765841,2943,14
1930,3231,683935,3936,975941,9743,85
2030,3731,734035,7237,326041,9843,86
2131,1532,544135,837,406142,4944,39
2231,2232,624235,8537,456242,6944,60
2329,8431,174335,8837,486342,8444,75
2431,7633,184436,1337,756443,145,03
2532,1333,574536,1537,776543,245,13
2632,1833,624637,0938,756643,8945,85
2732,1833,624737,0938,756744,9947,00
2832,5433,994837,5839,266845,447,43
2933,2434,734937,8139,506945,6547,69
3033,2434,735037,9339,637046,8348,92
3133,2434,735138,1939,907147,349,41
3233,5235,025238,6640,397247,649,73

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