Ajustes julio 2009
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 4 de agosto de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 18 "SERVICIOS CULTURALES, DE ESPARCIMIENTO Y COMUNICACIONES", Subgrupo N° 08 "Alquiler y distribución de películas videos y similares" Capitulo "Alquiler y Distribución de películas cinematográficas", integrado por la Delegada del Poder Ejecutivo: Dra Beatriz Cozzano, el Delegado Empresarial: Sr. Julio César Guevara en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y por el Centro Cinematográfico del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Estela Bermúdez, Martín Aldecosea y José Luis González en representación de UECU.--
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 31 de octubre del año 2008, homologado por decreto del Poder Ejecutivo Nº 749/08, de fecha 22 de diciembre de 2008 .
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009 será del 5,5% para los salarios nominales de hasta $14.999, 4% para los salarios de entre $15.000 y hasta $19.999 nominales, 2,6% para los salarios entre $20.000 hasta $24.999 nominales y 1,6% para los salarios de $25.000 y más.
Se deja constancia que en los salarios inferiores a $14.999 se aplicó el 4% de crecimiento pactado y adicionado el 1,5% dado que la recaudación en pesos constantes de boletería, por concepto de entradas de cine vendidas en el último año móvil, superó en un 6% a la del período anterior.
TERCERO: Por aplicación del mencionado porcentaje, los salarios mínimos nominales que regirán a partir del 1º de enero de 2009 para los comprendidos en el referido convenio serán los siguientes:
PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Gerente Adm. Con participación Mensual $ 27.537
Gerente Adm. Sin participación " $ 57.608
Gerente Comercial " $ 29.789
Secretario de Gerencia " $ 14.245
Contador titulado " $ 24.776
Contador idóneo " $ 21.920
Auxiliar 1º de Contaduría " $ 16.801
Auxiliar 2º de Contaduría " $ 12.136
Auxiliar 3º de Contaduría " $ 10.055
Programista " $ 17.282
Auxiliar programista " $ 13.013
Dibujante " $ 15.294
Jefe de Taller " $ 13.785
Encargado de exp. Taller " $ 11.874
Encargado de propag Taller " $ 12.407
Jefe de Controles " $ 13.321
Control noche Jornal $ 252
Control tarde y noche " $ 407
Control cont 2 turnos Jornal por turno $ 184
Control cont 3 turnos " $ 127
Cadete hasta 18 años (6 hs. Diarias) mensual $ 5.755
Cadete " $ 7.674
Limpiadora 8 horas " $ 5.531
Limpiadora 5 ½ horas " $ 4.159
Locutor 12 hs semanales " $ 3.562
PERSONAL DE TALLER
Revisor mensual $ 9.846
Peón de taller " $ 8.025
PERSONAL DE SERVICIO
Sereno " $ 10.784
Peón de limpieza " $ 8.225
Leída, se ratifica y firman de conformidad.