Ajustes Julio 2010
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 23 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 04: "Transportadoras de Valores" integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov y Dr. Nelson Diaz; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Steffano.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 3 de noviembre de 2008.-
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula octava del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2010 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2010 es del 2,39%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
a. Por concepto de incremento real de base: 1%.
b. Por concepto de flexibilidad sectorial: 1,375%
Fórmula de ajuste de salarios: 1,01 x 1,01375 = 1,0239 (2,39%)
TERCERO: De acuerdo a lo estipulado en la cláusula décimo tercera del acuerdo firmado el 3 de noviembre de 2008, a partir del 1º de enero de 2010, corresponde incorporar al salario un 33% de la compensación por función estipulada.
CUARTO: Por consiguiente, considerando el ajuste de 2,39% sobre las remuneraciones vigentes al 30 de junio de 2010, y sumando a los mínimos vigentes a dicha fecha el último 33% de la compensación por función original actualizada, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1º de julio de 2010 son los siguientes:
CUSTODIA $ 10.237
AUXILIAR DE MANTENIMIENTO EDILICIO $ 10.237
AUXILIAR DE SERVICIO $ 8.553
RECONTADOR $ 11.608
ADMINISTRATIVO 2/
ASISTENTE ADMINISTRATIVO $ 10.284
CHOFER DE VEHICULO DE APOYO $ 12.848
ADMINISTRATIVO 1/
AUXILIAR ADMINISTRATIVO $ 13.451
TELEFONISTA/RECEPCIONISTA $ 10.830
AUXILIAR DE SEGURIDAD $ 14.828
ASISTENTE DE SEGURIDAD $ 13.745
CHOFER DE BLINDADO $ 15.666
AUXILIAR U OFICIAL DE TESORERIA $ 15.736
OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS $ 15.828
PORTAVALOR $ 17.320
AUXILIAR U OFICIAL DE OPERACIONES $ 20.981
SUPERVISOR O ENCARGADO $ 23.106
JEFE $ 27.286
QUINTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.