Ajustes Julio 2010

 

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 23 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 05: "Cooperativas de Ahorro y Crédito", Capítulo "Cooperativas de Capitalización" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Stéffano.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acta suscrita el día 28 de octubre de 2008.--

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el artículo séptima de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2010 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2010, es del 2% por concepto de recuperación del sector.

TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2010 es del 2% siendo el salario mínimo del sector, correspondiente a la categoría de auxiliar administrativo, con vigencia a partir del 1 de julio de 2010 la suma de $ 16.592.-

CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

Etiquetas