Ajustes Julio 2011

ACTA: En Montevideo, el 20 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 12 "Agencias de publicidad", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, y Alejandro Machado; los Delegados Empresariales: Sr. Julio César Guevara y Cr. Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y el Delegado de los Trabajadores: Sr. Eduardo Sosa en representación de FUECYS

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 30 de mayo de 2011, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: Ajuste de salarios mínimos En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011 para los salarios mínimos será del 5,58%, producto de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% inflación proyectada promedio para el período julio-diciembre 2011 entre la meta mínima y máxima de inflación fijada por el Banco Central (centro de la banda) y b) 3% por concepto de incremento de salario real. (1.025*1,03=1.05576)

A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2011:

APRENDIZ $ 7.037

CADETE $ 7.037

LIMPIADOR $ 7.037

ARMADOR $ 8.793

AUXILIAR ADMINISTRATIVO $ 8.793

RECEPCIONISTA-TELEFONISTA $ 8.793

OPERADOR FOTOMECÁNICO $ 10.931

ASISTENTE DE PRODUCCIÓN $ 10.931

OPERADOR DE MAQUINARIA CON MEMORIA $ 10.931

BOCETISTA $ 12.810

REDACTOR ASISTENTE $ 12.810

PRODUCTOR DE AUDIOVISUALES $ 12.810

ASISTENTE DE CUENTAS $ 12.810

ASISTENTE DE MEDIOS $ 12.810

JEFE DE TRAFICO $ 12.810

ASISTENTE DE CONTADURÍA $ 12.810

SECRETARIA $ 12.810

ILUSTRADOR $ 15.447

JEFE DE PRODUCCIÓN $ 15.447

JEFE DE ARTE $ 17.765

REDACTOR $ 17.765

EJECUTIVO DE CUENTAS $ 17.765

JEFE DE MEDIOS $ 17.765

ENCARGADO DE CONTADURÍA $ 17.765

CREATIVO $ 20.358

JEFE ADMINISTRATIVO $ 22.413

TERCERO: Ajuste de sobrelaudos Aquellos trabajadores cuyas remuneraciones al 30 de junio de 2011 superaren hasta un 40% el salario mínimo de su categoría recibirán un incremento de 4.04% producto de la acumulación de a) 2,5% inflación proyectada promedio para el período julio-diciembre 2011 entre la meta mínima y máxima de inflación que fije el Banco Central (centro de la banda) y b)1,5% por concepto de incremento de salario real.

Los trabajadores cuyas remuneraciones superaren más del 40% del salario mínimo de su categoría, recibirán 3,01% por concepto de inflación proyectada en la forma antes señalada y en forma acumulada 0,5% por concepto de incremento de salario real.

Leída que les fue se ratifican y firman en cinco ejemplares de un mismo tenor en lugar y fecha antes señalada.

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