Ajustes Julio 2011
ACTA DE AJUSTE: En Montevideo, el día 14 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 04 "Calzado", integrado por los: Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Viviana Maqueira y Marianela Boliolo; el Delegado Empresarial: Sres Daniel Tournier y los Delegados de los Trabajadores: Néstor Cejas y Daniel Cuiligotti en representación del SIC .
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo firmado el 31 de marzo de 2011, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en el referido convenio los salarios mínimos del sector no ajustan en el mes de julio por haberse pactado ajustes anuales, en tanto que si corresponden ajustar los sobrelaudos un 5,75% de conformidad a la cláusula sexta y por la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% de inflación proyectada entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) fijada por el Banco Central para el período julio-diciembre 2011; b) 2,156% correctivo para cubrir las diferencias entre la inflación proyectada para el período enero-.junio de 2011 y la inflación real de igual período y c) 1% de crecimiento.. (1,025*1,02156*1,01=1.0575)-
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.