Ajustes Julio 2011

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 05"Artículos de Cuero con proceso industrial para consumo animal", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Viviana Maqueira y Marianela Boliolo y Tec. Raúl Marichal; Delegado Empresarial: Dra. Ivonne Rosa y Delegados de los Trabajadores: Leonardo Cavia, Javier Marrero y Celeste Leguisamo.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el día 5 de noviembre de 2010, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la capítulo III. 1.2, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011, es del 7,62% resultante de la acumulación de los siguientes items: 2,5% promedio entre la meta mínima y máxima de inflación del Banco Central (Centro de la Banda), para julio- diciembre de 2011; b)3,44% correctivo para cubrir el desfasaje entre la inflación prevista (5%) y la inflación real de igual período (8,61%) y c) 1,5 % por concepto de incremento real.

TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 05"Artículos de Cuero con proceso industrial para consumo animal",con vigencia desde el 1º de julio de 2011 serán los siguientes:

  • Peón: $ 258,29

  • Peón Especializado: $ 288,16.

  • Medio Oficial: $ 298,24

  • Oficial: $ 308,65

CUARTO: Leída que les fue, se ratifican y firman cinco ejemplares del mismo tenor.---

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