Ajustes Julio 2011
ACTA. En la ciudad de Montevideo, el ..... julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo N° 16 "Comercialización de Productos, Artículos y/o Equipos Médicos, Hospitalarios y/o de Uso en Laboratorios", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al quinto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 8 de junio de 2011.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del convenio referido, los porcentajes de aumentos salariales que regirán a partir del 1 de julio de 2011 son los siguientes:
I) Salarios en el mínimo de su categoría: Los trabajadores que al 30/06/2011 perciban remuneraciones correspondientes al mínimo de su categoría, percibirán un aumento del 5,58 % resultante de la acumulación de los siguientes factores:
3 % por concepto de crecimiento
2,5 % por concepto de inflación estimada para el semestre julio / diciembre 2011 según información del Banco Central (centro de la banda)
II)Salarios de hasta un 40 % por encima de los laudos de su categoría.
Los trabajadores que al 30/06/2011 perciban remuneraciones de hasta un 40 % por encima al salario mínimo de su categoría, percibirán un aumento del 4,04 % resultante de la acumulación de los siguientes factores:
1,5 % por concepto de crecimiento
2,5% por concepto de inflación estimada para el semestre julio / diciembre 2011 según información del Banco Central (centro de la banda)
III)Salarios de más de un 40 % por encima de los laudos de su categoría.
Los trabajadores que al 30/06/2011 perciban salarios de más de un 40% por encima de los mínimos de su categoría, percibirán un aumento del 3,01 %, resultante de la acumulación de los siguientes factores:
* 0,50 % por concepto de crecimiento
* 2,5% por concepto de inflación estimada para el semestre julio/diciembre 2011 según datos del Banco Central (centro de la banda).
TERCERO: Los salarios mínimos nominales mensuales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2011 son los siguientes:
AREA ADMINISTRATIVA | |||||||||||||||||
01/07/11 | |||||||||||||||||
Auxiliar telefonísta recepcionista | 8.368 | ||||||||||||||||
Auxiliar administrativo | 9.450 | ||||||||||||||||
Auxiliar contable | 12.694 | ||||||||||||||||
Auxiliar calificado | 15.136 | ||||||||||||||||
Cobrador | 11.613 | ||||||||||||||||
Cajero | 11.074 | ||||||||||||||||
Secretaria | 15.136 | ||||||||||||||||
Encargado de administración | 17.840 | ||||||||||||||||
AREA DE SERVICIOS | |||||||||||||||||
Limpiadora | 6.748 | ||||||||||||||||
Auxiliar de expedición | 9.450 | ||||||||||||||||
Chofer | 11.074
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Jefe de expedición | 12.694 | ||||||||||||||||
Auxiliar de servicio | 10.949 | ||||||||||||||||
Cadete(común a las tres áreas) | 6.748
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Auxiliar de ventas | 8.368 |
Vendedor | 10.534 |
Vendedor calificado | 14.596 |
Vendedor de plaza | 14.596 |
Vendedor viajante | 14.596 |
Encargado de ventas | 16.217 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman 4 ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.