Ajustes Julio 2011
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 21 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 02: "Entidades que otorgan crédito fuera del Sistema Bancario", Capítulo 02 "Administradoras de Crédito" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: la Dres. Nelson Diaz y Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Cr. Hugo Montgomery y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Pedro Stefano y Fabian Amorena.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acta de acuerdo suscrita el día 30 de diciembre de 2010.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011 para todos los trabajadores del subgrupo y capítulo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2011, es de:
A) Para el caso de los salarios mínimos del laudo de las categorías de cadete, auxiliar de servicios y guardia de seguridad de 7,76%.
B) Para el caso de los salarios mínimos del laudo de las categorías auxiliar, Oficial, Supervisor y Encargado, de 5,58%
C) Para los salarios sobre laudados de hasta $12.902, de 2,5%.
D) Para los salarios sobre laudados de más de $12.902, de 4,55%.
TERCERO: Por consiguiente, en aplicación a los ajustes establecidos sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 20101, tenemos que, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de julio de 2011 los siguientes:
A) Personal Administrativo:
Encargado $ 10.582
Supervisor $ 9259
Oficial $ 7936
Auxiliar $ 7204
Cadete $ 7095
B) Personal de Servicio
Guardia de Seguridad $ 7095
Auxiliar de Servicio $ 7095
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.