Ajustes Julio 2012
ACTA: En Montevideo, el 10 de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 12 "Agencias de publicidad", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Alejandro Machado y Lorena Acevedo; el Delegado Empresarial: Sr. Julio César Guevara en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres. Eduardo Sosa y Daniel Delgado en representación de FUECYS.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 30 de mayo de 2011, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: Ajuste de salarios mínimos En virtud de lo establecido en la cláusula séptima del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012 para los salarios mínimos será del 4,55% , producto de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% inflación proyectada promedio para el período julio-diciembre 2012 entre la meta mínima y máxima de inflación fijada por el Banco Central (centro de la banda) y b) 2% por concepto de incremento de salario real. (1.025*1,02=1.0455).-
A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2012:
APRENDIZ $7.912
CADETE $7.912
LIMPIADOR $7.912
ARMADOR $ 9.886
AUXILIAR ADMINISTRATIVO $ 9.886
RECEPCIONISTA-TELEFONISTA $ 9.886
OPERADOR FOTOMECÁNICO $ 12.290
ASISTENTE DE PRODUCCIÓN $ 12.290
OPERADOR DE MAQUINARIA CON MEMORIA $ 12.290
BOCETISTA $ 14.403
REDACTOR ASISTENTE $ 14.403
PRODUCTOR DE AUDIOVISUALES $ 14.403
ASISTENTE DE CUENTAS $ 14.403
ASISTENTE DE MEDIOS $ 14.403
JEFE DE TRAFICO $ 14.403
ASISTENTE DE CONTADURÍA $ 14.403
SECRETARIA $ 14.403
ILUSTRADOR $ 17.368
JEFE DE PRODUCCIÓN $ 17.368
JEFE DE ARTE $ 19.973
REDACTOR $ 19.973
EJECUTIVO DE CUENTAS $ 19.973
JEFE DE MEDIOS $ 19.973
ENCARGADO DE CONTADURÍA $ 19.973
CREATIVO $ 22.889
JEFE ADMINISTRATIVO $ 25.200
TERCERO: Ajustes de sobre laudos: Aquellos trabajadores cuyas remuneraciones al 30 de junio de 2012 superen el salario mínimo de su categoría hasta en un 40% tendrán un incremento del 4,04% resultante de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% inflación proyectada promedio para el período julio-diciembreo 2012 entre la meta mínima y máxima de inflación que fije el Banco Central (centro de la banda) y b) 1,5% por concepto de crecimiento de salario real. (1.025*1,015=1.0404)
Los trabajadores cuya remuneración supere en más del 40% el salario mínimo de su categoría tendrán un incremento de 3,01% (1,025*1,005=1,0301) resultante de la acumulación de los siguientes items a) 2,5% de inflación proyectada de la forma antes señalada y b) 0,5% por concepto de incremento de salario real.
Leída que les fue se ratifican y firman en cinco ejemplares de un mismo tenor en lugar y fecha antes señalada.