Ajustes Julio 2012
ACTA: En Montevideo, el 16 de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 13 "Empresas de Investigación de Mercado y Estudios Sociales", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Alejandro Machado y Lorena Acevedo; el Delegado Empresarial Cr. Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres Eduardo Sosa y Daniel Delgado en representación de FUECYS.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo del 24 de marzo de 2011, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: Ajuste de salario mínimo En virtud de lo establecido en la cláusula decimo octava del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012 para los trabajadores que perciban el salario mínimo de su categoría será de 5,17% producto de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% promedio entre la meta mínima y máxima de inflación fijada por el Banco Central (centro de la banda) para el período 1 de julio de 2012 y el 31 de diciembre de 2012; b) 1.59% como correctivo para cubrir la diferencia entre la inflación prevista para el período enero-junio 2012 y la inflación real de igual período y c) 1% de crecimiento de salario real. (1.025*1,0159*1,01=1,0517.)
TERCERO: Ajustes de sobrelaudos Aquellos trabajadores que perciban un salario superior al salario mínimo de su categoría, recibirán un incremento del 4,65% producto de la acumulación de los items a y b antes mencionados y de un crecimiento de 0,50% (1.025*1,0159*1,005=1.0465).
CUARTO: A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2012:
Nivel 1: Limpiador y Cadete…$ 9.467
Nivel 2: Reclutador, Encuestador, Auditor, Telefonista
Recepcionista, Digitador, Auxiliar 3ra de impresión
Ayudante 2da. de Campo…$ 10.416
Nivel 3: Vendedor, Operador, Supervisor, Auxiliar Contable
Ayudante 2da. de Impresión, Ayudante de Campo...$ 11.837
Nivel 4: Auxiliar 1ra. De impresión, Ayudante Analista, Jefe de
Campo, Encargado de Ventas, Operador de Equipos,
Coordinador… $ 12.712
TERCERO: Categoría Encuestador: Se establecen los siguientes valores mínimos básicos para encuestas completas a regir a partir del 1º de julio de 2012 para los cargos de encuestador y reclutador:
Encuestas cara a cara
Duración | Valor en $ a partir 1/07/12 |
Hasta 15 min. | $37,39 |
15 - 30 min. | $63,62 |
30 - 45 min. | $83.00 |
45 - 60 min. | $103,32 |
Encuestas telefónicas
Duración | Valor en $ a partir 1/07/12 |
Hasta 5 min | $9,19 |
6 - 10 min. | $15.90 |
11 - 15 min. | $25,16 |
16 - 20 min. | $34,57 |
+ 21 min. | $43,60 |
Reclutamientos
Motivacional | $110,72 |
Locación central | $83,09 |
CUARTO: Compensación por desgaste de ropa de trabajo. A partir del 1º de julio de 2012 la misma será de $ 3.945 anual. La misma será prorrateada dividiéndose entre 12 meses y 30 días por mes ($ 10,96 por jornal), que se liquidarán junto con el salario.
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.