Ajustes Julio 2012

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día 12 de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 04 "Calzado", integrado por: los Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Beatriz Cozzano, Viviana Maqueira  y Marianela Boliolo y Tec. RRLL Raúl Marichal; el Delegado Empresarial: Daniel Tournier y los Delegados de los Trabajadores: Daniel Cuiligotti y Nestor Cejas.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que de acuerdo al convenio de 31 de marzo de 2011, a los salarios mínimos del sector no les corresponde ajuste en el mes de julio, en tanto que los trabajadores que perciben salarios pór encima del mínimo de su categoría (sobrelaudos), ajustarán sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2012 el porcentaje que surja de la acumulación de: a) Inflación esperada: de acuerdo al centro de rango meta de inflación definido por el BCU para el periodo 1º de julio de 2012 a 31 de diciembre de 2012 ( 2,5%) , b) correctivo: que surge de la diferencia entre la inflación proyectada para el periodo 1º de enero de 2012 al 30 de junio de 2012 (2,5%) y la inflación real de igual periodo ( 4,13%) =1,59 y c) 1% de crecimiento. (1.025*1,0159*1,'01=1,0517= 5,17% .

Leída que les fue, se ratifican y firman 6 ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

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