Ajustes Julio 2012
ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 25 de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", integrado por Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Virginia Sequeira y Rosario Domínguez; Delegados de los Empresarios: Dr. Daniel Raiunusso y Sr. Carlos Giaudrone; Delegado de los Trabajadores: Sr. Julio Burgueño , HACEN CONSTAR QUE: PRIMERO.- Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial correspondiente al ajuste semestral para el período comprendido entre el 1º de julio de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 23 de febrero de 2011. SEGUNDO.- El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012 es del 4,13% resultante de la aplicación de lo establecido en la cláusula décima numeral III) del referido Convenio Colectivo, resultante de la aplicación de los siguientes items: 1,59% por concepto de correctivo del semestre anterior; 2,5% por concepto de inflación esperada para el segundo semestre del año 2012(1,0159 x 1,025). TERCERO.- Por lo tanto los salarios mínimos por categoría para el Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", con vigencia desde el 1º de julio de 2012, serán los siguientes:
Categoría 1: $ 39,46
Categoría 2:$ 40,18
Categoría 3: $ 40,91
Categoría 4:$ 41,45
Categoría 5: $ 42,85
Categoría 6: $ 44,08
Categoría 7:$ 46,07
Categoría 8:$ 48,51
Categoría 9:$ 50,21
Categoría 10:$ 54,74
Categoría 11:$ 59,03
Categoría 12:$ 60,43
Categoría 13: $ 71,04
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.