Ajustes Julio 2012 (Catering Artesanal)
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 5 de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Catering Artesanal", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dra. Luján Charrutti y Lic. Marcela Barrios, Delegados de los Trabajadores: el Sindicato Gastronómico y Hotelero del Uruguay (en adelante SUGHU), representado en este acto por Fernanda Aguirre, Jorge Gonález y Rodolfo Ferreira, y Delegados Empresariales: la Cámara de Empresas de Servicios, Eventos, Fiestas y Afines (en adelante CESEFA), representada en este acto por Gonzalo Maneiro y Daniel Botti,
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 3 de junio de 2011.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral TERCERO del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012, es de 3,4%, por concepto de inflación esperada, la mediana de las expectativas de los analistas privados publicada en la web del BCU para el período 01/07/2012-31/12/2012.
TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo
01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Catering Artesanal",con vigencia desde el 1º de julio de 2012, serán los siguientes:
Nivel | Porcentaje de Aumento | Salario Mensual |
Nivel I.- - Peón de cocina. - Peón de reparto - Lavandín.- |
3,4% | 8040,20
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Nivel II.- - Mozo - Ayudante de cocina.- - Mozo de Barra -Ayudante de Pastelería.- | 3,4% | 8798,95
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Nivel III.- - Recepcionista.- - Secretaria.- - Auxiliar administrativo.- - Chofer.- - Vendedor.- - Auxiliar marketing.- | 3,4% | 9560,40
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Nivel IV.- - Oficial Cocinero.- - Oficial Pastelero.- - Barman - Metre -Jefe de Partida -Encargado de depósito.- | 3,4% | 11638,90 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.