Ajustes Julio 2012 (Catering Artesanal)

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 5 de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Catering Artesanal", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dra. Luján Charrutti y Lic. Marcela Barrios, Delegados de los Trabajadores: el Sindicato Gastronómico y Hotelero del Uruguay (en adelante SUGHU), representado en este acto por Fernanda Aguirre, Jorge Gonález y Rodolfo Ferreira, y Delegados Empresariales: la Cámara de Empresas de Servicios, Eventos, Fiestas y Afines (en adelante CESEFA), representada en este acto por Gonzalo Maneiro y Daniel Botti,

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al tercer ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 3 de junio de 2011.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral TERCERO del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012, es de 3,4%, por concepto de inflación esperada, la mediana de las expectativas de los analistas privados publicada en la web del BCU para el período 01/07/2012-31/12/2012.

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo

01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Catering Artesanal",con vigencia desde el 1º de julio de 2012, serán los siguientes:

Nivel

Porcentaje de Aumento

Salario Mensual

Nivel I.-

- Peón de cocina.

- Peón de reparto

- Lavandín.-

 

3,4%

8040,20

 

 

Nivel II.-

- Mozo

- Ayudante de cocina.-

- Mozo de Barra

-Ayudante de Pastelería.-

3,4%

8798,95

 

Nivel III.-

- Recepcionista.-

- Secretaria.-

- Auxiliar administrativo.-

- Chofer.-

- Vendedor.-

- Auxiliar marketing.-

3,4%

9560,40

 

Nivel IV.-

- Oficial Cocinero.-

- Oficial Pastelero.-

- Barman

- Metre

-Jefe de Partida

-Encargado de depósito.-

3,4%

11638,90

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Etiquetas