Ajustes Julio 2013
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 24 de julio de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 05 "Molinos de Arroz",integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov y Tecnica RRLL Valeria Charlone;Delegados Empresariales: Sr. Jaime Cardoso y Dr. Gustavo Gauthier; y Delegados de los Trabajadores: Sres. Richard Segovia y Alvaro Macedo, asistidos por la Dra. Jaqueline Verges.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO:Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al correctivo final del convenio, en aplicación de lo dispuesto en acuerdo de Consejo de Salarios suscrito el día 4 de abril de 2011.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula TERCERA numeral 6.4 del referido acuerdo, el correctivo de la inflacion estimada para el primer semestre del año 2013 del convenio relacionado debe ser aplicado una vez finalizado el mismo, por consiguiente el porcentaje de aumento salarial por concepto de correctivo de final de convenio es del 2,28%,el que regirá a partir del 1 de julio de 2013 y resulta del siguiente concepto:
A) Por concepto de correctivo equivalente a la diferencia entre la inflación proyectada para el primer semestre del año 2013 y la inflación realmente verificada en tal período, (real 4.84 % / estimada 2.5%): 2,28%
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.