Ajustes Julio 2013

ACTA DE AJUSTE En Montevideo el 12 de julio de 2013 reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 5 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado" subgrupo  06 "Saladeros y Secaderos de Cuero" integrado por los delegados del Poder Ejecutivo Dras Beatriz Cozzano, Marianela Boliolo y Viviana Maqueira; el delegado de los trabajadores Sr Pablo Garcia  y el delegado del sector empresarial Dr Mauricio Santeugini HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial correspondiente al 1ero de julio de 2013, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 24 de setiembre de 2012, publicado y registrado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: En virtud a lo establecido en la cláusula 1.6 del referido convenio el porcentaje de ajuste salarial que regirá a partir del 1ero de julio de 2013 y se aplicará sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2013, es del 5,10%resultante de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% rango meta de inflación definido por el BCU para el período 1/7/13 a 31/12/13; b) 2,28% por concepto  de correctivo para cubrir la diferencia entre la inflación proyectada para el período 1/1/13 a 30/6/13 (2,5%) y la inflación real de igual período (4,84%) y c) 0,25% por concepto de crecimiento de salario real. 1,025*1,0228*1,0025=1,05099=5,10%.

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría a partir del 1ero de julio de 2013 serán los siguientes:

a) Peón común: $48,24

b) Peón práctico: $54.65

c) Medio oficial: $ 61.24

d) Oficial : $66.68

e) Chofer : $ 66.68

Leída que les fue se ratifican y firman de conformidad.

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