Ajustes Julio 2013

En Montevideo el 26 de julio de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 19 "Servicios Profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluídos en otros grupos" subgrupo 06 capítulo "Recolección de Residuos Hospitalarios" integrado por la delegada del Poder Ejecutivo Dra Beatriz Cozzano, el delegado empresarial Cr Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y el delegado de los trabajadores Sr Eduardo Sosa

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 31 de agosto de 2011 registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta in fine del referido convenio, el porcentaje de ajuste salarial que regirá a partir del 1ero de julio de 2013 para los salarios mínimos y sobrelaudos será 4,5% por concepto de crecimiento de salario real.

TERCERO: En consecuencia los salarios mínimos con vigencia desde el 1ero de julio de 2013 serán:

Peón especializado...$13,719

Lavador de tarrinas y camiones...$14.934

Ayudante de chofer...$16.274

Chofer...$ 17.740

Leída que les fue firman de conformidad.

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