Ajustes Julio 2016

Bajar PDF

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 21 de julio de 2016, reunidos los delegados del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo07.04 "Molinos de Yerba", integrado por: Tec RR.LL. Valeria Charlone y Mag. Marcela Barrios; Delegados de los Trabajadores: la Federación de Obreros y Empleados Molineros y Afines (F.O.E.M.Y.A.) representada por el Sr. Federico Barrios, asistidos por la Dra. Jacqueline Vergés, y Delegado Empresarial:Dr. Leonardo Slinger; HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula SEGUNDA numeral E, del acuerdo de Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 04 "Molinos de Yerba", de fecha 16 de octubre de 2013, corresponde aplicar a partir del 1ero de julio de 2016 sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2016 el 5.66% por concepto de correctivo final de inflación según lo resultante de la acumulación de la diferencia en más o en menos entre la inflación esperada para el período 1/07/2015 y 30/06/2016 y la real del mismo período.

SEGUNDO: Por consiguiente una vez aplicado el correctivo referido en la cláusulaanterior los salarios mínimos serán los siguientes:

CATEGORÍA

VALOR HORA $

OPERARIO DE LIMPIEZA

74,08

OPERARIO COMUN (PEON)

75,78

OPERARIO PRACTICO

78,91

SERENO

78,91

ENVASADORA (EMPAQUETADORA)

82,33

ENCARGADO DE PILONES (ESTIBADOR)

83,95

ENCARGADO DE MANTENIMIENTO

83,95

CHOFER

87,14

ENCARGADO DE MAQUINAS

90,57

ENCARGADO DE ENVASADORA AUTOMATICA

92,30

MECANICO

92,30

PRIMER MOLINERO

117,59

ENCARGADO DE PRODUCCION

124,03

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

Descargas

Etiquetas