Ajustes Julio 2016

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 21 de julio de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 08 “Aceiteras de origen animal o vegetal para uso humano o industrial”, Capítulo 01 “Aceiteras”,integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Tec RR.LL. Valeria Charlone, Soc. Marcela Barrios;Delegados Empresariales: Sr. Leonardo Botto y la Sra. Katherine Rios; y Delegados de los Trabajadores: los Sres. Gerardo Conde y Abilio Jorge quienes HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula SEXTA in fine, del acuerdo de Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 08 “Aceiteras”, de fecha 04 de diciembre de 2013, corresponde aplicar a partir del 1ero de julio de 2016 sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2016 el 5.66% por concepto de correctivo final de inflación según lo resultante de la acumulación de la diferencia en más o en menos entre la inflación esperada para el período 1/07/2015 y 30/06/2016 y la real del mismo período.

SEGUNDO: Por consiguiente una vez aplicado el correctivo referido en la cláusulaanterior los salarios mínimos serán los siguientes:

Categoría

Jornal ($U)

Ayudante de extracción

1538,85

Ayudante de foguista

1538,85

Ayudante de peletero

1433,88

Ayudante de prensero

1433,88

Ayudante de refinador

1538,85

Chofer

1420,60

Descascarador

1568,97

Encargado de cortes

1568,97

Extractorista

1674,61

Foguista

1674,61

Foguista de envasado

1484,57

Limpiador/a

537,46

Maquinista de turbina

1674,61

Medio oficial Mantenimiento

1306,88

Molinero

1568,97

Oficial 1ero. de Mantenimiento

1584,10

Oficial 2do. de Mantenimiento

1776,12

Oficial 3ero. de Mantenimiento

1925,16

Oficial 4to. de Mantenimiento

2188,17

Operador de aceitería

1621,25

Operador de planta

1484,57

Operador de secadora

1568,97

Operador Parque de tanques

1420,60

Operador Planta de efluentes

1420,60

Peletero

1568,97

Peón

1122,15

Peón "B"

827,15

Peón Eventual

1122,15

Peón práctico

1214,52

Prensero

1568,97

Preparador de mayonesa

1484,57

Refinador

1674,61

Serenos – Porteros

537,46

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

Etiquetas