Ajustes octubre 2012 - Panaderías

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 26 de octubre de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 1 "Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Panaderías con planta de elaboración", integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dras. Natalia Denegri y Luján Charrutti, Delegados Empresariales: Sr. Jorge Aguirrezabalaga y Dr. Alfredo Arce por el Centro de Industriales Panaderos del Uruguay (C.I.P.U.), y Delegados de los Trabajadores: Sres. Waldemar Camargo, Carlos Duarte y Olindo Mello por el Sindicato Único de Obreros Panaderos y Afines (S.U.O.P.A.),

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 22 de marzo de 2011.

SEGUNDO:En virtud de lo establecido en la cláusula CUARTA del referido acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de octubre de 2012, es del 5,93% resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:

            A) Por concepto de inflación esperada la mediana de las expectativas de inflación encuestadas por el Banco Central del Uruguay para el período 1°/10/2012 – 31/03/2013: 3,97%;

            B) Por concepto de crecimiento: 1,5 %;

            C) Por concepto de correctivo la diferencia entre la inflación esperada para el período 1º/4/2012 al 30/9/2012 y la variación real del IPC del mismo período: 0,38%.

Fórmula de ajuste de salarios: 1,0397 x 1,015 x 1,0038=1,0593

El ajuste a ser aplicado es del 5,93%.

TERCERO:Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12, Capítulo 01 "Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal", Subsector "Panaderías con planta de elaboración", con vigencia desde el 1º de octubre de 2012, serán los siguientes:

 

                                 PANADERÍAS CON PLANTA DE ELABORACIÓN

CATEGORÍAS 44 HORAS SEMANALES

 

(1/10/12 -31/03/13)

 

Encargado de ventas

$8.865

Cadete al iniciarse

$8.253

Cadete al año

$8.305

Empleado de mostrador al iniciarse

$8.253

Empleado de mostrador al año

$8.305

Repartidor a pie y/o bicicleta

$8.253

Repartidor con vehículo a motor

$8.682

Cajero

$8.682

Sereno

$8.253

CATEGORÍAS 48 HORAS SEMANALES

 

Encargado de producción

$13.430

Maestro facturero (factura de levadura)

$12.696

Maestro facturero (factura seca)

$12.940

Maestro de pala

$11.841

Amasador

$11.841

Maestro y amasador

$13.430

Ayudante facturero

$9.431

Ayudante

$9.424

Aprendiz confitero, facturero, panadero, sandwichero o rotisero, al iniciarse

$8.253

Aprendiz confitero, facturero, panadero, sandwichero o rotisero, al año

$8.400

Aprendiz confitero, facturero, panadero, sandwichero o rotisero, al 2º año

$8.480

Aprendiz panadero o facturero al 3er año

$8.803

Aprendiz facturero al 4º año

$8.874

Repartidor y media plaza (panadero)

$8.871

Empleado de mostrador y media plaza (panadero)

$8.871

Repartidor y media plaza (sandwichero o rotisero)

$9.043

Empleado de mostrador y media plaza (sandwichero o rotisero)

$9.043

Peón

$8.253

Maestro confitero

$16.732

Oficial repostero, oficial pastelero y oficial hornero

$14.609

Oficial sandwichero o rotisero

$12.070

Medio oficial confitero

$10.722

Medio oficial sandwichero

$10.172

Ayudante confitero adelantado

$9.817

Ayudante confitero

$9.043

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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