Clausura de empresas
Existe un plazo de 60 días desde el cese de actividades de la empresa ante el MTSS y el envío de la solicitud de clausura.
La constancia acredita que una empresa no mantiene expedientes en trámite o multas impagas por infracción a las normas laborales frente al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
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- Obtención de Constancia de Clausura de Actividades (.pdf 340 KB)
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