Correctivo Enero 2021 (Panaderías con planta de elaboración)

Acta registrada

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de enero de 2021, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 1 “Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco”, Subgrupo 12, Capítulo 01 “Panaderías, Confiterías y Catering Artesanal”, Subsector “Panaderías con planta de elaboración”, integrado por: Delegada del Poder Ejecutivo: Soc. Marcela Barrios y Tec. RR.LL. Valeria Charlone; Delegado Empresarial: Dr. Alfredo Arce por el Centro de Industriales Panaderos del Uruguay (C.I.P.U.), y Delegados de los Trabajadores: Sr. Olindo Mello por el Sindicato Único de Obreros Panaderos y Afines (S.U.O

CONSTAR QUE:

PRIMERO: En aplicación de lo establecido en acta de acuerdo suscrita el 20 de agosto de 2018 en la cláusula CUARTA literal II), se establece que corresponde la aplicación de un correctivo en más sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2020, como resultado de la diferencia entre la inflación observada durante los últimos 12 meses del acuerdo (9.41%) y los aumentos nominales otorgados en el mismo como forma de asegurar que no haya pérdida de salario real.

SEGUNDO: Se establece un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2020, según el siguiente detalle: I)Salarios hasta $ 21.196:  corresponde aplicar correctivo de inflación de 2.63%, puesto que los aumentos nominales otorgados en el período comprendido entre el 1ero de enero de 2020 y 31 de diciembre de 2020 (6.61%), fueron inferiores a la inflación real observada en el mismo período (9,41%); II) Salarios desde $ 21.197 y hasta un 40% por encima de los mínimos: corresponde aplicar correctivo de inflación de 2.63%, puesto que los aumentos nominales otorgados en el período comprendido entre el 1ero de enero de 2020 y 31 de diciembre de 2020 (6.61%), fueron inferiores a la inflación real observada en el mismo período (9,41%); III) Salarios sobrelaudados en más de un 40% de los mínimos: corresponde aplicar correctivo de inflación de 3.63%, puesto que los aumentos nominales otorgados en el período comprendido entre el 1ero de enero de 2020 y 31 de diciembre de 2020 (6.68%), fueron inferiores a la inflación real observada en el mismo período (9,41%)

TERCERO: Los salarios mínimos por categoría vigentes, a partir del 1º de enero de 2021 son los siguientes:

Salarios Panaderías

 

 

 

CATEGORÍAS 44 HORAS SEMANALES

 

 

 

Encargado de ventas

2,63%

$21.347

Cadete al iniciarse

2,63%

$19.875

Cadete al año

2,63%

$19.997

Empleado de mostrador al iniciarse

2,63%

$19.875

Empleado de mostrador al año

2,63%

$19.997

Repartidor a pie y/o bicicleta

2,63%

$19.875

Repartidor con vehículo a motor

2,63%

$20.906

Cajero

2,63%

$20.906

Sereno

2,63%

$19.875

CATEGORÍAS 48 HORAS SEMANALES

 

 

Encargado de producción

2,63%

$29.139

Maestro facturero (factura de levadura)

2,63%

$28.237

Maestro facturero (factura seca)

2,63%

$28.783

Maestro de pala

2,63%

$26.339

Amasador

2,63%

$26.339

Maestro y amasador

2,63%

$29.139

Ayudante facturero

2,63%

$22.262

Ayudante

2,63%

$22.247

Aprendiz confitero, facturero, panadero,

2,63%

 

  sandwichero o rotisero, al iniciarse

2,63%

$19.875

Aprendiz confitero, facturero, panadero,

2,63%

 

  sandwichero o rotisero, al año

2,63%

$20.227

Aprendiz confitero, facturero, panadero,

2,63%

 

  sandwichero o rotisero, al 2º año

2,63%

$20.421

Aprendiz panadero o facturero al 3er año

2,63%

$21.200

Aprendiz facturero al 4º año

2,63%

$21.370

Repartidor y media plaza (panadero)

2,63%

$21.362

Empleado de mostrador y media plaza (panadero)

2,63%

$21.362

Repartidor y media plaza (sandwichero o rotisero)

2,63%

$21.561

Empleado de mostrador y media plaza

2,63%

 

  (sandwichero o rotisero)

2,63%

$21.561

Peón

2,63%

$19.875

Maestro confitero

2,63%

$34.541

Oficial repostero, oficial pastelero y oficial hornero

2,63%

$30.158

Oficial sandwichero o rotisero

2,63%

$26.846

Medio oficial confitero

2,63%

$24.561

Medio oficial sandwichero y rotisero

2,63%

$23.302

Ayudante confitero adelantado

2,63%

$22.490

Ayudante confitero

2,63%

$21.561

CUARTO: Ficto del pan: En aplicación de la cláusula Undécima del  acuerdo de fecha 20 de agosto de 2018 se fija el ficto del pan en $ 1.696 a partir del 1°/1/2021.

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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