Correctivo final de convenio - Junio 2018

Acta registrada

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 17 de julio de febrero de 2018, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 "Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco", Subgrupo 12 "Fabricación de helados, panaderías y confiterías con planta de elaboración, bombonerías, fabricación de pastas frescas y catering", Capítulo 02 "Fábricas de Pastas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Díaz y Mag. Soc. Marcela Barrios; Delegados de los Trabajadores: la Federación de Obreros y Empleados Molineros y Afines (F.O.E.M.Y.A.) representada por los Sres. Luis González y Martina Pereira,asistidos por la Dra. Jacqueline Vergés; y Delegados Empresariales: la Cámara Uruguaya de Fabricantes de Pastas representada por el Sr. Gustavo Capalvo, Raúl Muñoz y Dr. Pablo Durán;

HACEN CONSTAR QUE:

En aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 1ro de diciembre de 2016, artículo TERCERO, numeral II), se establece que corresponde la aplicación de un correctivo en más de 0,8%sobre los salarios nominales vigentes al 30 de junio de 2018 (sin considerar los porcentajes adicionales otorgados por concepto de salario sumergido), como resultado de la diferencia entre la inflación observada durante los 6 meses anteriores de 5,85%, y el aumento nominal otorgado con vigencia al 1° de enero de 2018 de 5%, con el objetivo de que no haya pérdida de salario real.

Para constancia se firman 8 ejemplares del mismo tenor en lugar y fecha arriba indicados.

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