Correctivo final de convenio
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 13 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 03: “Producción de hielo y cámaras de frío”,integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Tec. RR.LL. Valeria Charlone y Dra. Lujan Charrutti; Delegados Empresariales: Sres. Gustavo Gazzano y Dr. Raúl Damonte; y Delegados de los Trabajadores en representación de la Unión de Trabajadores del Frío, los Sres. William Moreno y Jose Icardi asistidos por el Dr. Rodolfo Ferreira quienes, HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al correctivo final de convenio, en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo suscrito el día 6 de diciembre de 2012.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el numeral DECIMO del referido acuerdo, el porcentaje por concepto de correctivo final la diferencia entre la inflación proyectada para el período 01/01/2015 - 30/6/2015 y la variación real del IPC del mismo período: 3,06%.
TERCERO: Por consiguiente los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 1 “Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco”, Subgrupo 03: “Producción de hielo y cámaras de frío”, una vez aplicado el correctivo serán los siguientes:
Sector administrativo | Mensual $ | Jornal $ |
Grado 1: Mensajero, Cadete (mayor de 18 años) | 10306,00 | 412,24 |
Grado 3: Auxiliar de tercera | 13830,71 | 553,22 |
Grado 5: Auxiliar de segunda | 17315,40 | 692,61 |
Grado 7: Auxiliar de primera | 20847,12 | 833,89 |
Sector obrero | Mensual $ | Jornal $ |
Grado 2: Peón común, Sereno | 12781
| 511,23
|
Grado 3: Peón calificado, Portero Administrativo | 13830
| 553,22
|
Grado 4: Chofer-Repartidor, Estibador, Chofer, Ayudante de maquinista | 15644
| 625,78
|
Grado 5: Medio oficial, Recibidor-Expedidor de Mercadería, Chofer autoelevador especializado | 17315 | 692,61 |
Grado 6: Oficial, Maquinista de segunda, Foguista | 19081 |
763,23
|
Grado 7: Oficial electricista calificado, Maquinista de primera | 20848 | 833,90 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.