Correctivo final - Julio 2020

Grupo 7.1 Medicamentos de uso humano

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 14 de julio de 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines”, Subgrupo N° 01 “Medicamentos de uso humano”, integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Gonzalo Illarramendi y Viviana Dell`Acqua Delegado Empresarial: Dr. Álvaro Martínez, Dr. Daniel Garat  Delegados del sector Trabajador SIMA: Nicolás Touron

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acuerdo de Consejo de Salarios de fecha 19 de agosto de 2019, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al correctivo final de acuerdo a la clausula CUARTO  para el sector individualizado.

SEGUNDO: CORRECTIVO FINAL:

Se establece, con vigencia a partir del 1ro de julio 2020, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2020 de 2.53% (dos con cincuenta y tres por ciento) en concepto de correctivo final acuerdo de fecha 19/8/19.

TERCERO: Por tanto los salarios mínimos vigentes al 1ero de julio de 2020 son los que surgen del ANEXO I que es parte integrante de esta acta.

Leída que les fue las partes firman y ratifican en siete ejemplares.-

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