Correctivo final - Julio 2020

Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines”, Subgrupo N° 06 Capítulo 02 “Recauchutaje”

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de julio de 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines”, Subgrupo N° 06 Capítulo 02 “Recauchutaje”, integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Gonzalo Illarramendi y Viviana Dell`Acqua Delegado Empresarial: Hamlet Luz y Dr. Diego Rovira Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ):  Silvio Planchesteiner y Diego Zipitria.-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acta de Consejo de Salarios de fecha 16 de Noviembre de 2018, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al correctivo final de acuerdo a la clausula CUARTO para el sector individualizado.

SEGUNDO:  CORRECTIVO FINAL:

Se establece, con vigencia a partir del 1º de julio de 2020, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2020, de 4.03% (cuatro con cero tres por ciento) por concepto de correctivo final según acuerdo de fecha 16/11/18., surge de los siguientes guarismos:

Nota: Contiene tabla que se puede consultar en documento .pdf que se adjunta.

Leída que les fue, las partes firman y ratifican.-

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