Modalidades contractuales aplicables al sector privado para mayores de 45 años
Subsidio temporal para la contratación de mayores de 45 años | ||
Población objetivo | Subsidio | Plazo |
Personas mayores de 45 años*, en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 en los 24 meses previos a la contratación
*No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. *No haber sido contratado/a anteriormente por leyes de promoción de empleo. |
| Contrato de 6 a 12 meses |
Trabajo protegido mayores de 45 años | ||
Población objetivo | Subsidio | Plazo |
Personas mayores de 45 años*, en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza
*No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación. *No haber sido contratado/a anteriormente por leyes de promoción de empleo. | • 40% (Varones) o 60% (Mujeres) de las retribuciones mensuales • 60% (Varones) u 80% (Mujeres) de la remuneración, en contrataciones por convenio o por Programa Monto máximo del 80% de 2 SMN. | Contrato de 6 a 12 meses |
Requisitos generales
a. Estar en situación regular de pagos ante BPS, DGI y MTSS.
b. No tener rescisiones unilaterales ni envíos a seguro por desempleo en la misma categoría laboral que la persona a contratar, con excepción de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).
c. Tener 1 o más trabajadores en plantilla permanente
d. No estar registradas como "usuarios de servicios" en BPS.
e. No ser suministradoras de personal (si podrán utilizar los subsidios para su propio personal)
f. Los contratos de trabajo para las modalidades subsidiadas, deberán tener una carga horaria mínima de 20 horas semanales.
g. El plazo de prueba será de 45 días en contrataciones de 6 a 8 meses, de 60 días en contrataciones de 9 a 11 meses y de 90 días en contrataciones de 12 meses.
h. No tener parentesco con los/as trabajadores/as a contratar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.
i. Tope de contratación: La empresa podrá contratar hasta el 20% de su plantilla permanente. Empresas con menos de 10 trabajadores, pero más de 5 podrán contratar hasta 2 trabajadores. Empresas de 1 a 5 trabajadores podrán contratar 1 trabajador. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).
Gestión On Line: a través de la Plataforma VÍA TRABAJO: http://viatrabajo.mtss.gub.uy
Contacto:
Centros Técnicos de Empleo: https://viatrabajo.mtss.gub.uy/cepes/
División Políticas de Empleo
DINAE- MTSS Teléfono: 1928 Interno: 1911
Horario de atención: 10 a 15 horas
Correo electrónico: asesoramientoempleo@mtss.gub.uy