Modalidades contractuales aplicables al sector privado para personas con discapacidad

Modalidades contractuales aplicables al sector privado para personas con discapacidad

Subsidio temporal para la contratación de personas con discapacidad en situación de desempleo

Población objetivo

Subsidio

Plazo

Personas con discapacidad* que se encuentren en situación de desempleo continuo superior a 12 meses, o discontinuo superior a 15 en los 24 meses previos a la contratación.

Deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad de MIDES

 

*No podrán tener actividad abierta en BPS en calidad de trabajadores/as o titulares de empresa al momento de la contratación.

  • $8,457 – contratación de varones en régimen de jornada completa

  • $9.665 – contratación de mujeres en régimen de jornada completa

  • $10.837 – contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada completa

  • $4.228 – contratación de varones en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo

  • $4.832 - contratación de mujeres en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo

  • $5.436 - contratación de varones o mujeres con personas a cargo en régimen de jornada menor al máximo establecido en el laudo

 

 

Contrato de 6 a 12 meses

Requisitos generales

a. Estar en situación regular de pagos ante BPS, DGI y MTSS.

b. No tener rescisiones unilaterales ni envíos a seguro por desempleo en la misma categoría laboral que la persona a contratar, con excepción de aquellas rescisiones fundadas por notoria mala conducta o finalizaciones de contrato. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).

c. Tener 1 o más trabajadores en plantilla permanente

d. No estar registradas como "usuarios de servicios" en BPS.

e. No ser suministradoras de personal (si podrán utilizar los subsidios para su propio personal)

f. Los contratos de trabajo para las modalidades subsidiadas, deberán tener una carga horaria mínima de 20 horas semanales.

g. El plazo de prueba será de 45 días en contrataciones de 6 a 8 meses, de 60 días en contrataciones de 9 a 11 meses y de 90 días en contrataciones de 12 meses.

h. No tener parentesco con los/as trabajadores/as a contratar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.

i. Tope de contratación: La empresa podrá contratar hasta el 20% de su plantilla permanente. Empresas con menos de 10 trabajadores, pero más de 5 podrán contratar hasta 2 trabajadores. Empresas de 1 a 5 trabajadores podrán contratar 1 trabajador. (Salvo excepciones autorizadas por MTSS).

j. Los  empleadores con 25 o más trabajadores permanentes deben  contar con certificado o informe de cumplimiento de la Ley 19.691 y encontrarse inscriptos en el Registro de Empleadores (MTSS)

Gestión On Line: a través de la Plataforma VÍA TRABAJO: http://viatrabajo.mtss.gub.uy

Contacto:

División Políticas de Empleo

DINAE- MTSS  Teléfono: 1928 Interno: 1911

Horario de atención: 10 a 15 horas

Correo electrónico: asesoramientoempleo@mtss.gub.uy

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