Objetivo Empleo

OBJETIVO EMPLEO es un componente del Plan de Equidad del Programa Pro-Trabajo ejecutado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a través de la Dirección Nacional de Empleo (DINAE).
  • Nuevos Decretos:

Último Decreto 24 /05/2010, modifica los artículos 4, 5, 9 y 14 del Decreto 425/009

Link a Decreto 425/009 del 21/9/2009.

Link a Reglamentación del artículo 244, de la Ley N.° 18.172, de 31/8/2007

 

Este programa brinda un incentivo a las empresas que opten por contratar trabajadoras/es que cumplan con las siguientes características:

  • Hombres y mujeres entre 18 y 65 años.

  • Hasta segundo año de bachillerato (quinto incompleto) o su equivalente.

  • Desocupados/as formales por un período no inferior a 1 año u ocupado laboralmente por período inferior a 90 días (durante el año de su desocupación).

 

Se trata de trabajadores/as que fueron inscriptos/as, entrevistados/as y con quienes se viene trabajando a nivel de todo el país.

Mediante la intermediación laboral y a través de un subsidio a la empresa, el programa busca generar oportunidades para personas que necesitan y quieren trabajar en el mercado laboral formal.

A través de la intermediación laboral se busca —por parte de un/a orientador/a laboral— entrevistar a la persona preseleccionada para orientarla en su inclusión en la demanda efectuada por la empresa.

Objetivo Empleo fue concebido como un catalizador de oportunidades en lo que hace a la promoción de la reinserción laboral de trabajadores y trabajadoras, a la mejora de la empleabilidad, así como de crecimiento y beneficios para el empresariado.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas interesadas en participar en el programa?

  • Estar al día con el pago de obligaciones de leyes sociales (BPS), obligaciones tributarias (DGI) y planilla de trabajo (MTSS).

  • Cumplir con los laudos establecidos por Consejos de Salarios.

  • Inscribirse en un Registro Permanente de Empresas.

  • Garantizar 8 meses de trabajo efectivo como mínimo.

  • Están excluidas aquellas empresas que registren despidos o envíos al Seguro por Desempleo a trabajadores/as de igual categoría al puesto a ocupar por la persona seleccionada, en los 90 días previos y posteriores a la contratación. Excepcionalmente, y en casos fundados y a criterio del MTSS, podrán habilitarse empresas que tengan hasta un 20 % de reducción de personal.

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Tampoco pueden participar las empresas suministradoras de personal y las «usuarias de servicio» del BPS.

¿Qué beneficios brinda el programa?

  • Objetivo Empleo representa una oportunidad de financiar un crecimiento de su empresa.

  • El monto máximo del subsidio será el 60 u 80 % respectivamente, de 2 Salarios Mínimos Nacionales vigente al momento de la contratación. Este subsidio se otorgará por el mismo plazo por el que se incorpre al beneficiario del programa, con un máximo de 12 meses, o de 18 meses para trabajadores mayores de 45 años.

  • Excepcionalmente y en casos fundados y a criterio del MTSS, los 8 meses podrán cumplirse en forma discontínua dentro del término de un año, o reducirse a un mínimo de 6 meses salvo que la existencia de Convenio Colectivo establezca otra modalidad de contratación. 
  • Hasta 3.5 Salarios Mínimos Nacionales para capacitación in situ por parte de la empresa.

  • Preselección y evaluación de perfiles ocupacionales de participantes y seguimiento del proceso de inserción durante el período de prueba. Cabe destacar que la selección final es exclusiva de la empresa.

 ¿Cómo accede la empresa al dinero del subsidio?

El pago se hará a través de la generación de un crédito al empleador por concepto de aportes a la seguridad social en el BPS, de hasta el 100 % de las obligaciones de la empresa, a partir de la incorporación del trabajador/a, a través del vínculo funcional 79.

Por lo tanto, existen dos topes de subsidio: uno, el que mencionáramos en el ítem anterior, dependiendo de si es hombre o mujer el/la trabajador/a contratado/a, y otro, que es el monto de aportes al BPS.

El porcentaje de personas contratadas no podrá exceder el 20 % de la planilla del personal permanente en la empresa. Aquellas empresas con menos de 9 trabajadores podrán contratar un máximo de 2 personas, a través del programa.

El límite de contratación podrá modificarse cuando se trate de empresas en expansión o en período de instalación y de puestos de trabajo nuevos.

¿Dónde puede inscribirse la empresa?

Personalmente en los Centros CEPEs de cada departamento o vía web: http://viatrabajo.mtss.gub.uy

Si Ud. desea recibir más información, puede solicitarla a la Unidad de Gestión del Programa OBJETIVO EMPLEO–DINAE/MTSS

Teléfono 2915 04 15 -   correo electrónico: objetivoempleo@mtss.gub.uy.

 

Link a Decreto 232/008

 

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