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Día Mundial del Hábitat y anuncios

En el año 1985 Naciones Unidas estableció el primer lunes de octubre como el Día Mundial del Hábitat, invitando a la reflexión acerca de la estructura de pueblos y ciudades, y sobre el derecho básico de todos los habitantes de este planeta a una vivienda adecuada.

La política de vivienda y hábitat que lleva adelante el Ministerio ha ido incorporando instrumentos que apuntan a la mejora continua de la calidad de vida teniendo en consideración su vinculación con el hábitat. El país incorporó en el año 2008 la Ley Nº 18.308, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, para sumarse en 2016 a la Nueva Agenda Urbana definida por las Naciones Unidas en la Conferencia Mundial sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III). En 2017 se realizó una importante incorporación al marco legal que apoya la permanencia en la vivienda, que fue la Ley Nº 19.588 – Sistema de Subsidios a La Demanda Habitacional. En 2018, se sumó el Decreto Nº 421/018 de Estrategia Nacional de Acceso al suelo Urbano que le dio marco a diversos planes y programas. En 2018, la Ley Nº 19.676 de Inmuebles vacíos y degradados y la Ley Nº 19.661, de Desalojos Colectivos y Régimen de Prescripciones Adquisitivas Quinquenales, interactuan para la mejora de los barrios y las condiciones de vida de sectores vulnerables.

Estas dos nuevas resoluciones que hoy se presentan profundizan esta línea de trabajo: Resolución Ministerial 1520/2019 - Definición de aspectos sobre Prescripción adquisitiva 2019 y Resolución Ministerial 1518/2019 - Asistencia técnica para el acceso a la vivienda a personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad socio económica

Sobre la Prescripción Adquisitiva
Ley Nº 19.661, Desalojos colectivos y régimen de prescripciones adquisitivas quinquenales

1. Con fecha 21 de setiembre de 2018 se sanciona la Ley Nº 19.661 referente a la creación del Instituto de Desalojos Colectivos y modificaciones al Instituto de la Prescripción Adquisitiva Quinquenal consagrada en la Ley Nº 18.308 (ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible).

La creación del instituto de desalojo colectivo y las modificaciones a las prescripciones adquisitivas quinquenales tiene una doble finalidad. Por un lado, velar por el cumplimiento de las obligaciones del propietario del inmueble y por otro lado atender la situación de las familias que allí se encuentran en calidad de ocupantes precarios o poseedoras.

A. Creación del Instituto de Desalojos Colectivos

Lo legislado viene a atender situaciones de particular vulnerabilidad social que hacen al desarrollo de una política de vivienda equitativa y favorable a los intereses de las y los más desprotegidos.

En efecto, detrás de un desalojo colectivo existen familias que han hecho de ese o esos inmuebles el lugar donde desarrollan sus vidas. En este sentido, esta legislación previó un procedimiento de mayores garantías para ambas partes: ocupantes y propietarios.

La razón de la creación de este instituto radica en que este tipo de desalojos no se presenta como un problema individual de cada familia, sino que se trata de un conflicto colectivo que merece ser atendido por el derecho.

B. Modificaciones introducidas en el artículo 65 de la Ley Nº 18.308

Las modificaciones introducidas en el Instituto de las Prescripciones Adquisitivas Quinquenales dan cuenta del compromiso con el efectivo goce de los derechos consagrados por el cuerpo legislativo. En este sentido, y viendo que en la práctica dicho instituto no estaba pudiendo ser aplicable, se introducen cambios en los requisitos formales, tales como la categoría de precariedad habitacional encomendando a este Ministerio su definición.

2. Grupo de Trabajo de asesoramiento y asistencia jurídica en materia de Desalojos Colectivos y Prescripciones Adquisitivas Quinquenales

Por Resolución Ministerial Nº 822/2019 de fecha 5 de junio del presente se crea el Grupo de Trabajo con el objetivo de coordinar, articular y establecer las acciones y herramientas necesarias para el asesoramiento y la asistencia jurídica en materia de acceso a la vivienda a personas o grupo de personas en situación de vulnerabilidad socio económica que se encuentren en condiciones de prescribir y/o a ser desalojados bajo los requisitos de la Ley Nº 19.661 de fecha 21 de setiembre de 2018.

3. Resolución Ministerial de Precariedad Habitacional en el marco de lo establecido en la Ley Nº 19.661

Por Resolución Ministerial Nº 1520/2019 de fecha 2 de octubre del presente se define desde el Mvotma lo que se entenderá por situación de Precariedad Habitacional a efectos de lo dispuesto en el Art. 65 de la Ley Nº 18.308, la cual toma en cuenta diferentes aspectos para definirla, a saber:

el concepto de vivienda inadecuada desde una perspectiva no solo material sino también dimensional y funcional.
la situación de hacinamiento.
la mirada desde el punto de vista de los servicios de infraestructura insuficientes tales como toma de agua potable, origen de fuente no confiable de la misma, deposición de aguas servidas e instalación de luz eléctrica adecuada con conexión a una red pública.
la situación de incertidumbre respecto a la permanencia en el predio y/o edificio.
4. Resolución Ministerial del Art. 203 de la Ley Nº 19.670 (Aprobación de Rendición de Cuentas y balance de ejecución presupuestal, ejercicio 2017)

Por Resolución Ministerial Nº 1518/2019 de fecha 2 de octubre del presente se define desde el Mvotma lo que se entenderá por situación de vulnerabilidad socio económica a los efectos del Art. 203 de la Ley Nº 19.670 tomando como referencia la ley que establece los parámetros para acceder al subsidio a la vivienda así como las vulnerabilidades específicas (a modo enunciativo, hogares con al menos un integrante niño, niña o adolescente, en situación de violencia basada en género, trans, con enfermedad crónica o cuidados especiales y/o en situación de discapacidad, con más de 65 años de edad, con ascendencia racial principal afro, migrante, entre otras).

5. Convenio Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Centro Estudiantes de Derecho

A fin de llevar adelante un trabajo coordinado para dar cumplimiento a los fines del referido Grupo de Trabajo y siendo que los consultorios jurídicos del Centro de Estudiantes de Derecho (CED) son una herramienta efectiva en tanto constituyen centros de promoción y defensa de los derechos de la ciudadanía ya sea mediante información, asistencia, consulta o patrocinio, es que ambas partes estiman necesario y pertinente la suscripción de un convenio que establezca una forma de relacionamiento entre ambas instituciones.

El mismo tiene como objeto el trabajo coordinado entre el CED, a través de sus Consultorios Jurídicos barriales gratuitos, y el Mvotma, a través del Grupo de Trabajo de Asesoramiento y Asistencia jurídica en materia de Desalojos Colectivos y Prescripciones Adquisitivas Quinquenales, a fin de brindar asesoramiento y asistencia legal a personas en situación de vulnerabilidad socio económica que de acuerdo a la normativa citada se encuentren en condiciones de permanecer en el predio o edificio ocupado y/o adquirir los derechos de propietario.

Programa de Asistencia Técnica creado en el marco del artículo 203 de la Ley Nº 19.670 Por Resolución Ministerial Nº 1518/2019 de fecha 2 de octubre del presente también se crea, en la órbita de la Dirección Nacional de Vivienda, un Programa de Asistencia Técnica, sin cargo, para mejoras y refacción habitacional que tendrá como cometido el asesoramiento y/o asistencia integral para la mejora de las condiciones de habitabilidad de los hogares destinatarios, esto es, aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad socio económica (definida por la mencionada resolución).

Audios

Entrevista Lucia Topolansky
Entrevista José Freitas

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