Preguntas frecuentes edificio 25 de agosto vivienda de dos dormitorios accesibilidad motriz - Artigas

Preguntas frecuentes:

1. ¿Dónde puedo consultar sobre los requisitos y la documentación que necesito?

Podés consultar sobre los requisitos y la documentación necesaria a través de los siguientes medios:

  • Línea telefónica: 0800 46427.
  • Teléfonos: 4773 0744 (interno 8015) o 2917 0710 (interno 8015).
  • Personalmente: en la Oficina Departamental de Artigas, ubicada en Av. Cnel. Carlos Lecueder 449, en el horario de 13 a 17 horas.

2. ¿Cómo me puedo postular al llamado?

Podés postularte de alguna de las siguientes maneras:

 

  • A través del trámite en línea.
  • Personalmente: en la Oficina Departamental de Artigas, con agenda previa, comunicándote al 4773 0744 (interno 8015) o al 2917 0710 (interno 8015), o siendo agendado/a directamente por la propia oficina.

 

3. ¿Puedo inscribirme al mismo tiempo a un llamado de viviendas accesibles y a uno de viviendas sin accesibilidad?

No. Si tu hogar se inscribe a un llamado de viviendas con accesibilidad motriz o auditiva, no puede inscribirse al mismo tiempo a un llamado de viviendas sin condición de accesibilidad.

4. Si me postulo al llamado de viviendas con accesibilidad motriz, ¿puedo inscribirme simultáneamente al llamado con accesibilidad auditiva?

Sí. Si te postulás al llamado de viviendas con accesibilidad motriz del edificio ubicado en 25 de Agosto y Muro García de Rosa, podés inscribirte al mismo tiempo al llamado de viviendas con accesibilidad auditiva del mismo edificio.

Para cada llamado tenés que realizar una inscripción por separado.

5. Si hay más hogares inscriptos que viviendas disponibles, ¿cómo se define a quien se adjudica la vivienda?

En primer lugar, se tendrá en cuenta si entre los hogares inscriptos hay personas con discapacidad motriz.

Si hay un solo hogar con una persona con discapacidad motriz, ese hogar será el titular de la vivienda. Entre los demás hogares que cumplan con los requisitos se realizará un sorteo para definir hasta 5 hogares suplentes.

Si hay dos o más hogares con una persona con discapacidad motriz, se realizará un sorteo entre esos hogares para definir quién será el titular y quiénes serán los suplentes. Si no se logra completar una lista de hasta 5 suplentes, se realizará otro sorteo entre los demás hogares que cumplan con los requisitos.

Si no hay ningún hogar con una persona con discapacidad motriz, se realizará un sorteo entre todos los hogares que cumplan con los requisitos. De ese sorteo saldrá el hogar titular y una lista de hasta 5 suplentes.

6. ¿Qué pasa si quedo como suplente?

Si quedás como suplente, podrás ser convocado respetando el orden que surgió del sorteo, si alguno de los hogares adjudicados renuncia a la vivienda antes de firmar el contrato o durante su vigencia.

Antes de adjudicarte la vivienda, se verificará que tu hogar siga cumpliendo con los requisitos del llamado.

7. ¿Puede haber dos titulares? ¿Qué vínculo deben tener entre ellos?

Sí, puede haber hasta dos titulares. Si hay dos, deben ser pareja o tener un vínculo de padre/madre e hijo/a.

 

8¿Cómo debe estar integrado el hogar para poder postularse?

El hogar debe estar integrado por al menos una persona en situación de discapacidad. No es necesario que la persona en situación de discapacidad sea titular de la vivienda.

9.¿La persona en situación de discapacidad tiene que tener discapacidad motriz para poder postularse?

No. El hogar puede postularse si está integrado por una o más personas en situación de discapacidad, independientemente de cual sea. Sin embargo, se priorizarán los hogares que tengan entre sus integrantes una o más personas con discapacidad motriz.

10. ¿Se tienen en cuenta los ingresos de todas las personas del hogar?

Sí. Para calcular los ingresos del hogar se tienen en cuenta los ingresos de todas las personas que lo integran, después de realizar los descuentos legales correspondientes.

De todos modos, el ingreso mínimo requerido debe ser alcanzado por la persona titular.

11. ¿Qué ingreso mínimo necesito para postularme?

La persona titular debe tener ingresos mensuales de al menos 15 UR. De ese monto, al menos 10 UR deben corresponder a ingresos formales, que puedan acreditarse y que tengan una antigüedad mínima de 3 meses. 

Si el hogar tiene dos titulares, se tienen en cuenta los ingresos formales de ambos para determinar si alcanzan el ingreso mínimo requerido.

Se consideran ingresos formales los provenientes de trabajos públicos o privados, trabajos independientes, como monotributo o empresa unipersonal, jubilaciones, pensiones, retenciones judiciales, becas y asignaciones familiares, entre otros ingresos que puedan acreditarse con la documentación correspondiente.

El monto restante, hasta alcanzar las 15 UR, puede completarse con ingresos informales que deberán ser declarados al momento de la postulación y serán evaluados por los equipos técnicos del MVOT.

 

12. ¿Puedo postularme si actualmente estoy alquilando una vivienda?

Sí. Podés postularte aunque actualmente estés alquilando una vivienda. Si resultás adjudicado, deberás rescindir el contrato de alquiler que tengas vigente.

 

13. ¿Puedo acceder a un subsidio en el precio del alquiler?

Sí. De acuerdo con la situación de cada hogar, podrá corresponder un subsidio en el precio del alquiler.

El valor del alquiler es de 8 mensuales para las viviendas de dos dormitorios.

Para determinar si corresponde el subsidio y cuál será su monto, se tendrá en cuenta la situación del hogar y la documentación presentada al momento de la postulación. No es necesario realizar un trámite adicional para acceder al subsidio.

14. ¿El alquiler incluye los gastos comunes?

No. Los gastos comunes se pagan aparte del alquiler y están a cargo de la persona arrendataria. También estarán a su cargo los impuestos o tarifas municipales que correspondan.

15. ¿Qué pasa luego de finalizado el plazo original del contrato? ¿Puedo renovarlo?

Sí. El contrato tiene una duración de dos años y puede renovarse por otro período de dos años, siempre que el hogar continúe cumpliendo con los requisitos del Programa y haya cumplido con las obligaciones establecidas en el contrato.

 

16. ¿Qué pasa si cambian mis ingresos o la composición de mi hogar durante el contrato?

Los cambios en los ingresos o en la composición del hogar se tendrán en cuenta al momento de la renovación. En ese momento, se podrá adecuar el nuevo contrato a la situación del hogar, siempre que continúe cumpliendo con los requisitos establecidos para el Programa.