Resolución S/N/021 Se exceptúan de la prohibición establecida en el artículo 5 de la ley n.° 19.932, prorrogada por el artículo 1.° del decreto n° 3/021, del 6 de enero de 2021.

Se exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 5.° de la ley n.° 19.932, del 21 de diciembre de 2020, prorrogada por el artículo 1.° del decreto n.° 3/021, del 6 enero de 2021, a Luis Carranza Ugarte, presidente ejecutivo de la Corporación Andina de Fomento, a los efectos de mantener una audiencia presencial con la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche, para tratar sobre los desafíos de la CAF y la región en el 2021.

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