Inscripción Operador Turístico
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el requisito previo al inicio de actividades de empresas que desarrollen actividad alcanzada por la normativa vigente, el inscribirse ante el Ministerio de Turismo conforme lo establece la misma.
Requisitos
Declaración Jurada.
De acuerdo a el tipo de operador, seleccione y descargue la documentación que corresponda:
- Agencia de viajes, instructivo y Declaración Jurada.
- Transporte turístico, instructivo y Declaración Jurada
- Alojamiento turístico, instructivo, Declaración Jurada, Certificado de Arquitecto y Resolución Ministerial 666/19
- Prestadores de servicios turísticos inmobiliarios, instructivo y Declaración Jurada
- Turismo aventura, instructivo y Declaración Jurada
- Establecimiento enológico (que prestan servicios de alojamiento) instructivo, Declaración Jurada y Certificado de Arquitecto
- Establecimiento enológico (que NO prestan servicios de alojamiento) instructivo, Declaración Jurada y Certificado de Arquitecto
- Sucursal instructivo y Declaración Jurada
- Free shop Instructivo y Declaración Jurada
- Infraestructura técnica turística (ITT), Instructivo y Declaración Jurada
- Guía de turismo, instructivo y Declaración Jurada
- Organizadores profesionales de congresos, instructivo y Declaración Jurada
- Observación de cetáceos, instructivo y Declaración Jurada.
- Arrendadora de vehículos sin conductor, instructivo y Declaración Jurada y Anexo
- Prestadores de servicios turísticos rurales (sin alojamiento), instructivo y Declaración Jurada y Anexo .
- Prestadores de servicios turísticos rurales (con alojamiento), instructivo y Declaración Jurada, Certificado de Arquitecto.
- Salas de convenciones, instaladas en establecimientos rurales instructivo y Declaración Jurada.
- Salas de convenciones, instaladas en alojamientos turísticos instructivo y Declaración Jurada.
- Salas de convenciones, instaladas en establecimientos que no requieren inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos instructivo y Declaración Jurada.
Otros datos de interés
- Duración/Entrega: 15 días hábiles aproximadamente.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentando la documentación en la oficina y horario correspondiente.
- La documentación será evaluada por el organismo.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Ministerio de Turismo, Registro de Operadores.
- Dirección: Rambla 25 de agosto de 1825 esquina Yacaré.
- Horario de atención: 9:30 a 15:30 horas.
En Maldonado:
- Liga de Fomento y Turismo
- Dirección: Rambla Claudio Williman 31
- Horario de atención: Martes de 11:00 a 16:00 horas.
En Canelones:
- Centro de Informes de Atlántida
- Dirección: Roger Balet s/n y Calle 1
- Horario de atención: segundo viernes de cada mes, de 11:00 a 16:00 horas.
En Colonia:
- Centro BIT
- Dirección: Odriozola 434
- Horario de atención: 2do jueves de cada mes de 11:00 a 16:00 horas.
En Rocha (*):
Chuy:
- Oficina de Información Turística - Plaza Artigas
- Tercer jueves de cada mes de 14:00 a 17:00 (sin agenda previa)
La Paloma:
- La Paloma: Museo de La Paloma
- Tercer viernes de cada mes de 11:00 a 14:00 (sin agenda previa).
En Salto (**):
- Centro de Informes
- Dirección: Uruguay 1052
- Horario de atención: cuarto jueves de cada mes de 15:00 a 18:00 (sin agenda previa).
En Paysandú (**):
- Centro de Informes
- Dirección: 18 de Julio 1226
- Horario de atención: cuarto viernes de cada mes a partir del 29 de agosto, de 9:00 a 13:00 (sin agenda previa)
(*) A partir del 21 de agosto de 2025.
(**) A partir del 28 de agosto de 2025.
Enlaces relacionados