Ministerio de Turismo
Inscripción Prestador Turístico
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el requisito previo a cumplir al iniciar operativa, las empresas que desarrollen actividades alcanzadas por la normativa vigente, el inscribirse ante el Ministerio de Turismo, conforme lo establece la misma.
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- Alojamientos
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- Guías de Turismo
- Organizadores Profesionales de Congresos
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- Turismo Aventura
- Free Shop El registro es voluntario, no obligatorio.
- Organización Integral de Eventos El registro es voluntario, no obligatorio.
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- Infraestructura Técnica Turística El registro es voluntario, no obligatorio.
- Sucursales