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Última actualización: 18/12/2025
Ministerio de Turismo

Inscripción Prestador Turístico

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el requisito previo a cumplir al iniciar operativa, las empresas que desarrollen actividades alcanzadas por la normativa vigente, el inscribirse ante el Ministerio de Turismo, conforme lo establece la misma.

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