Pensión - hijos incapaces de Integrantes de las FFAA
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el derecho que adquieren determinados causahabientes de los integrantes de las Fuerzas Armadas con un fin de previsión social por el cual se otorga una asignación mensual.
De acuerdo a las normas en vigencia Ley Nº 20.130.
Requisitos
- Documento Nacional de Identidad - Cédula de identidad del solicitante (original y fotocopia).
- Cédula de identidad del representante legal (original y fotocopia).
 
- Partida de defunción del causante (original), con una vigencia no mayor a 90 días.
 
- Partida de nacimiento del solicitante (original, con actualización menor a 90 días).
 
- Partida de matrimonio del causante (original y vigente), en caso de que el causante sea de estado civil viudo se deberá adjuntar la partida de defunción del cónyuge. Vigencia de la partida 30 días.
 
- Formulario nº101 - Relevamiento de datos personales y autorización de notificación electrónica- SRPFFAA - Formulario Nº 101 (Versión 2.1.1) Relevamiento de datos personales.
 - Archivo asociado
- Solicitud de pensión - Solicitud de pensión.
 - Archivo asociado
- Presentación de Oficio. - Declaración de Incapacidad. De corresponder según el caso:- Sentencia judicial que declare la incapacidad, designe curador con aceptación al cargo.
- Si cambia de curador o este fallece, se debe de presentar oficio con nombramiento del nuevo curador.
 
 
- Declaración de Incapacidad. De corresponder según el caso:
- Declaración jurada. 
- Certificado de Ingresos. - Documentación que respalde los ingresos percibidos por el solicitante o negativo del BPS en caso de no tenerlos. En caso de que el solicitante supere el tope de ingresos nominales mensuales de $ 35.467,22, deberá de adjuntar sus últimos 12 recibos y los del causante, incluyéndose además los recibos de aguinaldo y salario vacacional. Dichos recibos no serán necesarios en caso de que perciba sus ingresos únicamente a través del SRP.FF.AA. 
 
- Comprobante de Cuenta Bancaria. - En caso de contar con cuenta bancaria, constancia de la misma expedida por el Banco. En caso de cuenta bancaria del BROU debe de tener adhesión al convenio Nº 675.
 
- Para trámites iniciados en el período 8 de setiembre de 2025 a 6 de enero de 2026, quienes inicien trámites deben de presentar constancia de voto, pago de multa o exoneración, si correspondiere, de las elecciones municipales 2025. 
 
Otros datos de interés
- No tiene plazo de caducidad para solicitar.
- La referencia a hijos comprende el parentesco legítimo, natural o por adopción plena.
Partidas expedidas:
- Vigencia.
- Partida de matrimonio, 30 días, en caso de divorcio debe de tener la anotación marginal de la sentencia de divorcio.
- Partida de defunción, 90 días.
- Partida de nacimiento, 90 días.
- En caso de documentación extranjera (partidas, poderes u otros) para acreditar el derecho debe estar apostillada o legalizada (Ministerio de Relaciones Exteriores), traducida si se encuentra en otro idioma (traductor público) e inscripta en la Dirección Nacional de Registro Civil (Ley N°14106, artículos 365 y 366).
En casos excepcionales y a los efectos de probar el derecho correspondiente, los departamentos técnicos y/o asesorías podrán solicitar otros datos y/o documentación probatoria.
Por razones ajenas al SRPFFAA, los trámites en línea se encuentran inhabilitados por el momento.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
- ¿Qué se necesita?- En persona
- ¿Cómo se hace?- En persona- Presentándose con la documentación solicitada en la oficina correspondiente.
 
- ¿Dónde y cuándo se realiza?- En Montevideo: - Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Departamento de atención al usuario, hall principal - planta baja.
- Dirección: Uruguay 885.
- Teléfonos: 29030257 al 60. Celular 091604697.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
 - En el interior: - En todas las Asociaciones de Retirados y Unidades militares del interior.
 
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