Justicia Vial

“La víctima del siniestro de tránsito, es el centro del proceso penal”

Al respecto, la Dra. Arce Moya señaló al sistema penal acusatorio vigente, como una oportunidad.
Dra Sara Arce Moya Fiscal de Costa Rica

Sara Arce Moya, Fiscal Adjunta de la Oficina de Atención y Protección a Víctimas del Ministerio Público de Costa Rica, estuvo en Uruguay, a propósito del 1er. Foro Iberoamericano de Justicia de la Seguridad Vial.

Su ponencia giró en torno al Derecho que asiste a las Víctimas de los Siniestros de Tránsito, y la experiencia del país centroamericano en que la misma ocupe el protagonismo en el proceso penal.

Arce, cuya experiencia surge de una década al frente de los Programas de Atención y Protección a las Víctimas con cobertura de nivel nacional en su país, puso énfasis en el hecho de que actualmente “las propias personas involucradas en los siniestros viales no son parte de los procesos penales; la víctima todavía sigue teniendo ese papel secundario, ese papel utilitarista que el sistema penal utiliza como prueba” lo cual hay que revertir humanizando el momento crítico por el que transcurre inmediatamente al impacto de un siniestro.

La Víctima no es un número de expediente

En ese sentido destacó la importancia de un papel responsable por parte del ministerio público, de los propios operadores y funcionarios estatales en el asesoramiento a la víctima, visualizando “qué pasa con esa víctima mientras se resuelve el proceso penal;
quién se ocupa; quién lo auxilia; quién asesora jurídicamente si no tiene recursos económicos para buscar un abogado”.

En casos como Uruguay, donde aún no hay magistraturas especializadas en siniestralidad vial, la Experta recomendó ceñirse a la legislación internacional.  En ese sentido enumeró instrumentos como la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), la Convención Americana sobre Derechos Humanos, (Pacto de San José – 1969), o la Carta Iberoamericana de Derechos de las Víctimas. Argentina (2012), que trata el peso de las personas dentro de las legislaciones.

“En el Ministerio Público de Costa Rica no tenemos una especialización aún, en el siniestro de tránsito. Trabajamos desde la Oficina atención y protección a las víctimas tratando de dar voz a esas personas. Ustedes están iniciando con el sistema penal acusatorio una gran oportunidad para que la persona víctima sea centro del proceso”.

La cobertura por parte de la prensa de los siniestros de tránsito; cómo trata desde el morbo estos eventos; y la re-victimización de los sobrevivientes, también fueron temas abordados por la experta internacional.

Arce –posteriormente a una reunión privada con agentes gubernamentales y organizaciones que se dedican al tema en nuestro país- quedó impresionada por la conciencia que en Uruguay se tiene del problema de la siniestralidad vial y su repercusión en las víctimas. Recomendó articular las buenas intenciones y la buena voluntad, a través de acciones.

“Las víctimas son personas que se deben tener en cuenta cuando vamos a ver un delito penal; no sólo quien lo cometió, sino quién hay detrás” remarcó una y otra vez. “Hay que ponerle cara y corazón, es una persona un ser humano; es un delito como cualquier  otro y no debe ser el último de la fila” subrayó.

Algunas recomendaciones para mejorar el acceso a la Justicia

•    Capacitar a operadores del sistema de justicia para que invoquen y apliquen tanto la normativa interna como la Internacional en sus labores diarias.

•    Priorizar actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la justicia de aquellas personas que se encuentren en situación y/o condición de vulnerabilidad como consecuencia del hecho ilícito en su perjuicio. (Crear de Unidades de Atención )

•    Promoción, implementación y seguimiento de políticas públicas permanentes, dirigidas específicamente a prevenir siniestros de tránsito y proteger los derechos de las personas menores de edad víctimas de estos delitos.

•    Valorar integrar en la legislación interna, cuando los presupuestos procesales lo permitan, salidas alternas al proceso, con el objetivo de disminuir la revictimización secundaria y mitigar los efectos del delito.

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