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Prestaciones del Sistema de Cuidados

Guías

El Cuidado es tanto un derecho como una función social e implica la promoción de la autonomía personal, la atención y la asistencia a las personas dependientes. Constituye el conjunto de acciones que la sociedad lleva a cabo para procurar el desarrollo integral y el bienestar cotidiano de quienes se encuentran en situación de dependencia y necesitan la ayuda de otros para realizar actividades de la vida diaria. Todas las personas en algún momento, a lo largo de su ciclo de vida, tuvieron o tendrán la necesidad de contar con cuidados de otros. Esto puede darse en la infancia, en alguna etapa de la vejez, o en el caso de que una persona se encuentre en situación de dependencia por algún tipo de discapacidad.

Asistentes Personales

¿Qué es el servicio de Asistentes Personales?

Es el servicio que atiende el cuidado y la asistencia personal para las actividades de la vida diaria de las personas en situación de dependencia severa, es decir, que precisan ayuda para las necesidades básicas de la vida diaria (por ejemplo alimentarse, higienizarse, vestirse, movilizarse, trabajo, estudio y recreación, entre otras).

¿Qué tareas realiza?

El Asistente Personal concurre al domicilio en días y horarios acordados con el usuario. Las acciones a realizar serán también convenidas con las familias. Estas tareas no pueden suplir otras intervenciones profesionales. Tampoco incluyen la atención a otros miembros de la familia, ni la realización de tareas domésticas.

¿Cuántas horas?

80 horas mensuales.

¿En qué norma está consagrado este Derecho?

En la Ley de Cuidados (19.353) y el decreto de Asistentes Personales.

Consultas gratuitas

Teléfono 0800 1811 y *1811 para celulares

Avda. 18 de Julio 1453

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