Ley N° 18.315 de fecha 05/07/2008 - Procedimiento Policial
Las disposiciones de la presente ley se aplicarán al personal policial que cumple funciones ejecutivas, conforme al marco establecido en la Constitución de la República, los Tratados Internacionales sobre la materia ratificados por la República, la Ley Orgánica Policial y demás normas cuya vigencia efectiva está encomendada al contralor de la Policía Nacional.