Convenio marco PIT-CNT y la Unidad Nacional de Seguridad Vial

Vigente

Quiénes participan

  • Plenario Intersindical de Trabajadores y Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT)
  • Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV)

Resumen

Convenio marco entre PIT-CNT y UNASEV con el objetivo de dotar a los trabajadores afiliados al PIT-CNT que utilizan motos, motocicletas o similares para desplazarse hasta su lugar de trabajo, de camperas o chalecos o bandas retro reflectivas de conformidad a la normativa vigente así como a las recomendaciones que la UNASEV establezca en este sentido.

Descripción


En el marco de competencia de la UNIDAD NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL de  regulación y control de la seguridad vial, de conformidad a los criterios establecidos en el artículo 5 de la Ley 18.113 de 18 de abril de 2007  el que establece, entre otros cometidos: “A) Promover a uniformizar y homogeneizar las normas generales de tránsito, para la creación de una política nacional de seguridad vial”, pudiendo para ello, Literal N) “Celebrar acuerdos, contratos, convenios y alianzas estratégicas bilaterales o multilaterales para el cumplimiento de sus cometidos con personas o instituciones públicas y privadas, nacionales, extranjeras o internacionales”.- En dicho contexto y en el marco de  sus competencias las partes otorgantes del presente han entendido conveniente suscribir el presente acuerdo marco de cooperación interinstitucional a los fines de conjugar esfuerzos, articulando acciones para el desarrollo de sus objetivos.-

Como objetivos específicos del presente acuerdo de cooperación interinstitucional, se establece:
 a) Dotar a los trabajadores afiliados al PIT-CNT que utilizan motos, motocicletas o similares para desplazarse  hasta su lugar de trabajo, de camperas o chalecos o bandas retro reflectivas de conformidad a la normativa vigente así como a las recomendaciones  que la UNASEV establezca en este sentido.
 b) Obtención de cooperación de organismos públicos y privados para la proporción de los insumos establecidos en el literal precedente.
c) Generar programas y proyectos de cooperación y asesoramiento en  áreas de especialidad y capacidad técnica de los otorgantes, los que deberán ser objeto de acuerdos específicos que oportunamente establecerán: objetivos, metodologías de trabajo, plazos y obligaciones de cada una de las partes, etc.

A los fines del presente Convenio, la Cooperación entre las partes podrá comprender las siguientes modalidades.
Conformación de grupos de trabajo entre ambas  instituciones para instrumentar  capacitaciones, programas  y proyectos específicos.
Realización conjunta y coordinada de acciones para la evaluación permanente de la problemática en cuestión y el planteamiento de nuevas vías de trabajo.
Cualquier otra modalidad que sea considerada de interés común por las partes contratantes.
             
 

Objetivos

  • El objetivo de dotar a los trabajadores afiliados al PIT-CNT que utilizan motos, motocicletas o similares para desplazarse hasta su lugar de trabajo, de camperas o chalecos o bandas retro reflectivas.

Período

Fecha de inicio: 22/10/2013

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