Codicen 2026

Justificación y sanción por el no voto - Elecciones de Codicen 2026

Informe

Tiene disponible toda la información acerca de la justificación y sanciones por el no voto en las Elecciones de Codicen a celebrarse el 3 de octubre de 2026.

Justificación

   El plazo para realizar la justificación del no voto comienza el día siguiente a la elección y vence el 3 de noviembre de 2026 (inclusive).

Causales

Las personas habilitadas que no concurran a votar, podrán justificar la no emisión del voto por las siguientes causas:

a) Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida concurrir a sufragar el día de la elección:

Deberán acreditarlo mediante certificado médico en el que se hará constar el carácter de la enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impidió la concurrencia a sufragar el día de la elección, la duración del impedimento, la comprobación o conocimiento
de tal circunstancia por parte del médico certificante, firma, lugar, fecha y timbre profesional (en el caso de institución médica privada).

b) Encontrarse fuera del país el día de la elección:

Deberán acreditarlo mediante prueba documental (certificado de la Dirección Nacional de Migración donde conste la fecha de salida y entrada al país; pasaporte o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza).

c) Imposibilidad de concurrir a la mesa receptora de votos por otra causa de fuerza mayor:

Deberán presentar la documentación probatoria correspondiente.

 

Si las causas que impidieron al elector concurrir a votar el día de la elección en las situaciones previstas en los literales a) y b) persistieran en los días subsiguientes, el plazo de 30 (treinta) días comenzará a computarse a partir de la fecha en que dichas causas hayan desaparecido, lo cual deberá ser comprobado fehacientemente.

 

Cómo realizar el trámite:

Se debe completar el formulario web que se encontrará disponible el día siguiente a la elección. Según la causal de justificación debe cargar la documentación probatoria correspondiente. 

Luego de realizada este trámite, la Comisión Organizadora y Escrutadora dispondrá de 60 (sesenta) días corridos para evaluar su solicitud. Se le notificará de la resolución a través del correo declarado al momento de completar el formulario.

 

Sanciones por el no voto

Las personas habilitadas para votar que no lo hicieran ni justificaran serán pasibles de una sanción pecuniaria equivalente a 5 UR (cinco unidades reajustables).

Las multas serán descontadas de los haberes que deban percibir de la Administración Nacional de Educación Pública.

 

Comisión de la Elección de Codicen

Teléfono: 1924 int 3323

Correo electrónico: comisioncodicen@corteelectoral.gub.uy 



 

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