Justificaciones y pago de multa por la no emisión del voto
Informe
Justificaciones por no votar
El plazo para realizar justificaciones por no votar por causa de fuerza mayor venció el 12 de enero de 2026
Causales de justificación y documentación a presentar de acuerdo a cada caso
Padecer enfermedad, invalidez, o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir a la Comisión Receptora de Votos.
El plazo de 60 días para la justificación por esta causal se computará a partir del cese del impedimento, lo cual deberá ser comprobado fehacientemente por el elector para que se de trámite a la solicitud fuera de fecha.
Deberá presentarse certificado médico. En el caso de certificados expedidos por instituciones privadas el certificado debe ir acompañado de timbre profesional.
- Hallarse ausente del país el día de las elecciones.
Se podrá justificar por cualquier medio de prueba documental, siempre y cuando deje de manifiesto las fecha de salida y de entrada al país, por ejemplo: certificado expedido por Dirección Nacional de Migración, pasaporte o pasajes, constancia de trabajo u otros de similar naturaleza.
Para este caso el período de 60 días comenzará a correr a partir del día de ingreso al país.
Las personas con residencia en el exterior deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima para acreditar que se encuentran en el exterior. Los cónsules remitirán las nóminas de estas personas que el Ministerio de Relaciones Exterior hará llegar a la Corte Electoral a los efectos de la justificación correspondiente. Por plazos y requisitos para realizar este trámite, los interesados deben comunicarse con la oficina consular correspondiente.
Por información referente al control del voto y títulos habilitados puede consultar el reglamento y sus anexos
| Para realizar justificaciones se deberá remitir la documentación requerida de acuerdo al caso a la Comisión Organizadora de la elección a través del correo: ComisionUniversitaria@corteelectoral.gub.uy |
Sanciones por el no voto y formulario de pago de multa
Las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado serán pasibles de una sanción, según el orden al que corresponda:
- Orden docente: deben pagar una multa de $9.000 (pesos uruguayos nueve mil).
- Orden egresados: deben pagar una multa de $9.000 (pesos uruguayos nueve mil)
- Orden estudiantil: no podrán rendir exámenes durante 2 períodos consecutivos.
Acceda aquí al formulario de pago de multa
El pago de la multa se podrá realizar en cualquier momento, no hay plazo para ello.
