Rectificación de inscripción cívica.
Informe
Se trata del trámite que se realiza para modificar sus datos personales, ya sea los que figuran en su credencial cívica como los de su expediente inscripcional.
Cómo realizar el trámite:
- Documento a presentar: Partida de nacimiento rectificada.
- Luego de aprobada la solicitud de rectificación, la persona deberá concurrir a realizar la Renovación de su credencial
Personas que tramitaron su credencial por primera vez con un Certificado de Nacimiento que contenía errores:
- Documento a presentar: Partida de nacimiento correcta.
- Luego de aprobada la solicitud de rectificación, la persona deberá concurrir a realizar la Renovación de su credencial
Personas con credencial cívica que tramitaron el Certificado de Residencia (derecho al sufragio sin obtener la ciudadanía legal) y luego la Carta de Ciudadanía (ciudadanía legal):
- Documento a presentar: Carta de Ciudadanía con más de 3 años de otorgada
- Luego de aprobada la solicitud de rectificación, la persona deberá concurrir a realizar la Renovación de su credencial
Personas amparadas en la Ley Nº 19.684 (Ley Integral para Personas Trans):
- Las personas que, amparadas en esta Ley, realicen la rectificación de los datos de su Partida de nacimiento ante el Registro de Estado Civil, deberán concurrir a la Oficina Electoral a realizar el trámite de Renovación de su credencial. En este caso la renovación no tiene costo.
Para tener en cuenta:
- Los trámites de rectificación se realizan de forma presencial y directamente por el interesado
- La rectificación puede realizarse desde la apertura del período inscripcional hasta 75 días antes de las Elecciones Nacionales.
- En los casos en que el error de los datos personales se cometió en la Oficina Inscriptora, se realiza una Renovación de la credencial y no tiene costo.
Dónde se realiza el trámite de rectificación:
En las oficinas electorales departamentales (sedes fijas)
Este trámite no se realiza en las oficinas móviles |