Decreto N° 133/025 Se sustituye el inciso final artículo 42 del Reglamento de Calidad del Aire

Se sustituye el inciso final artículo 42 del Reglamento de Calidad del Aire, aprobado por el Decreto Nº 135/021, de 4 de mayo de 2021, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto Nº 362/022, de 8 de noviembre de 2022. Queda redactado de la siguiente manera: "Tales homologaciones tendrán validez por el plazo que hubieran sido otorgadas, el que no podrá tener vencimiento más allá del 31 de diciembre de 2025, a los efectos de la importación de vehículos, ni de forma posterior al 13 de mayo de 2026, para la comercialización de vehículos en plaza".

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