Veda por marea roja en Rocha

Estas toxinas pueden representar un riesgo para la salud humana en caso de consumo, por lo cual, y en cumplimiento del artículo 121 del Decreto Nº 115/018, la DINARA ha resuelto prohibir la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes de dicho departamento, hasta nueva disposición.
Se aclara que esta medida no afecta el consumo de pescados, calamares ni camarones, productos que no presentan riesgos asociados.
La resolución adoptada tiene carácter preventivo y se enmarca en las competencias de la DINARA para salvaguardar la salud pública, conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.175 y la normativa vigente.
Las infracciones a la medida serán sancionadas según lo previsto en el Capítulo X de la Ley Nº 19.175.
DINARA continuará realizando el monitoreo permanente de las zonas costeras y comunicará oportunamente cualquier cambio en la situación.

