Decreto 321/988 Comercialización del arroz cascara. Zafra 1987. 198813/04/1988 Compartir Facebook Twitter Copiar enlace WhatsApp LinkedIn La comercialización del Arroz-Cáscara (Oriza sativa L.) se realizará de acuerdo con las normas establecidas en el presente decreto a partir de la presente zafra 1987-1988.Enlace: Decreto 321/988 Comercialización del arroz cascara. Zafra 1987. 1988Etiquetas Dirección General de Servicios Agrícolas Agricultura Granos Arroz