Ley N° 19.670 Art. 25 de fecha 15/10/2018 APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2017 - Art. 25

"Aquellas organizaciones habilitadas al amparo del artículo 5º de la Ley Nº 19.292, de 16 de diciembre de 2014, que participen de procedimientos de contratación, en ningún caso deberán presentar garantía de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato. En caso de incumplimiento, se sancionará en la forma establecida anteriormente".

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