Resolución N° 261/017 de DGSG: Programa de muestreo microbiológico para detección de Salmonella en carne de suino a nivel nacional

Apruébase el "Procedimiento para el Programa de Muestreo Microbiológico en carne de suino", con carácter oficial, Versión 01, de fecha 05/07/2017, cuyo texto se adjunta y es parte integrante de la presente resolución.
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REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

Montevideo, 17 julio de 2017

DGSG/ N°261/2017

VISTO: la necesidad de implementar un programa de muestreo microbiológico para detección de Salmonella en carne de suino a nivel nacional, con carácter oficial;

RESULTANDO: I) la División Industria Animal, a través de los Departamentos Técnico, Establecimientos de Faena e Industrializadores, ha diseñado un procedimiento incluyendo la técnica y metodología de muestreo a aplicar, conjuntamente con un instructivo para la toma de muestras en plantas de faena habilitadas por dicha División, en el marco del programa de muestreo de Salmonella en carne de suino;

CONSIDERANDO: I) conveniente adoptar una estrategia de evaluación en base a muestreo, para obtener información precisa, en relación a la prevalencia de la presencia de Salmonella en carne de suino, con el fin de conocer la situación de la producción cárnica del país en referencia al mencionado microorganismo;

II) la información obtenida, será de utilidad para mejorar los controles relativos a la inocuidad, lo cual redunda en beneficio de los consumidores nacionales y extranjeros;

III) la propuesta formulada por la División Industria Animal;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por la ley Nº 3.606 el 13 de abril de 1910 y decreto Nº 369/983 de 7 de octubre de 1983 (Reglamento Oficial de Inspección Veterinaria de Productos de Origen Animal);

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE

1. Apruébese el “Procedimiento para el Programa de Muestreo Microbiológico en carne de suino”, con carácter oficial, Versión 01, de fecha 5 de julio de 2017, cuyo texto se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución.

2. Los análisis exigidos en el Procedimiento aprobado en el numeral precedente, correspondientes a las muestras oficiales, deberán ser realizados en el laboratorio oficial o en laboratorios habilitados por la Dirección General de Servicios Ganaderos a través de la Unidad de Habilitación de Laboratorios (UHL) de la División Laboratorios Veterinarios “Miguel C. Rubino” (DILAVE).

3. Los costos analíticos serán de cargo de los establecimientos habilitados por la División Industria Animal.

4. Las muestras serán extraídas por la Inspección Veterinaria Oficial (IVO) y entregadas a la empresa involucrada para su posterior remisión al laboratorio
habilitado. Los materiales y recursos necesarios a tales efectos deberán ser provistos por la empresa.

5. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Procedimiento que se aprueba, podrá aparejar la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 285 de la ley Nº 16.736, del 5 de enero de 1996, modificativas y complementarias.

6. Deróguense las resoluciones y normas reglamentarias que difieran o se opongan directa o indirectamente a las disposiciones contenidas y aprobadas en la presente resolución.

7. Dese cuenta a la División Industria Animal y por su intermedio, notifíquese a los establecimientos de faena involucrados.

8. Comuníquese a la División Sanidad Animal y a la División Laboratorios Veterinarios, Miguel C. Rubino (DILAVE)

9. Los establecimientos habilitados y controlados por la División Industria Animal deberán cumplir con las disposiciones contenidas en la presente resolución, a partir de su publicación en el Diario Oficial.

10. Publíquese en el diario Oficial y en la página web del MGAP.

Firmante: Dr. Eduardo Barre - Director General


Procedimiento para el Programa de muestreo microbiológico en carne de suino  - ver01

Formulario de remisión de muestras a Laboratorios externos habilitados

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