Resolución N° 32/011 de DGSA-21/08/2011- Se autoriza a las firmas registrantes a efectuar mezclas físicas de fertilizantes por ellas registrados bajo condiciones específicas

Mezclas de fertilizantes: Autoriza a las firmas registrantes a efectuar mezclas físicas de fertilizantes por ellas registrados bajo condiciones específicas.

Montevideo, 21 de agosto de 2011

VISTO: La gestión promovida por actores del sector agrícola en lo referente a la necesidad de contar con presentaciones de fertilizantes prontas para su uso directo en el momento oportuno;

RESULTANDO: Que se han re-evaluado la forma de presentación autorizada para la comercialización de fertilizantes valorando, particularmente que en los sistemas actuales de agricultura de precisión a gran escala se movilizan volúmenes importantes de dichos productos y sus mezclas.

CONSIDERANDO: I) Que es práctica necesaria la mezcla física de fertilizantes previo a su distribución en el suelo de acuerdo a las necesidades propias del cultivo en consideración y que a esos efectos, es menester contar con instalaciones apropiadas para el manejo de los volúmenes trabajados.

  1. Que la creciente necesidad de mejorar la eficiencia en el proceso de fertilización amerita disponer medidas que la propicien, minimizando a su vez el manipuleo de dichos productos en condiciones no idóneas.
  2. Que se procederá en consecuencia a autorizar bajo específicas condiciones, a que las firmas que cuenten con registros vigentes de fertilizantes puedan proceder a su mezcla para la venta exclusivamente en bolsones o a granel y a pedido expreso del productor.


ATENTO: A las razones expuestas y a lo previsto en el Capítulo III de la Ley 13.663; el Art.137 de la Ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967 en la redacción dada por el artículo 374 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y Resolución MGAP N° 576 de 11 de agosto de 2011.

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS RESUELVE:

  1. Autorizar a las firmas registrantes a efectuar mezclas físicas de fertilizantes por ellas registrados para su venta exclusivamente en bolsones .o a granel. Se consideran mezclas físicas las mezclas de fertilizantes registrados en la que no intervienen reacciones químicas.
  2. El alcance de la autorización referida en el numeral anterior se limita a los casos que medie una solicitud expresa de una determinada mezcla, por un productor o empresa. agropecuaria, a través de una compra concreta de fertilizantes registrados que se incorporarán a la mezcla.
  3. Las facturas de venta o el remito que acompañan el transporte del producto, deben contener la indicación de cada uno de los fertilizantes componentes de la mezcla, especificando nombre y número de registro de los mismos así como los volúmenes correspondientes.
  4. Las firmas que procedan conforme a lo indicado en el numeral primero deberán declarar, ante la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del MGAP, la fórmula resultante de la mezcla efectuada, los productos utilizados y las cantidades de cada uno, forma de entrega (a granel o en bolsones) así como el comprador y número de factura. Dichas firmas mantendrán a disposición de la DGSA y por el término de sesenta (60) días, una muestra de un kilogramo (1 kg) de la misma para los controles pertinentes.
  5. La declaración referida en el numeral 4 se hará a través de los "Servicios en Línea" de la Página WEB institucional, para lo cual la DGSSAA mantendrá operativa una base de datos con los Declaraciones efectuadas. Los datos solicitados en la declaración tendrán carácter obligatorio. Cada empresa podrá consultar, bajar o imprimir sus propias Declaraciones, pero no modificar las Declaraciones ya registradas ni consultar registros de otras empresas.
  6. A los efectos de hacer operativos los registros de las Declaraciones de Mezclas de Fertilizantes y las consultas en la base de datos, cada empresa deberá previamente registrarse en la Página WEB de la DGSSAA como usuario de los "Servicios en Línea".
  7. Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, insértese en la página web institucional y oportunamente archívese.

Firmante:  Ing. Agr. INOCENCIO BERTONI DIRECTOR GENERAL PROGRAMA 4 M.G.A.P. –SERVICIOS AGRÍCOLAS

 

 

 

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