Resolución Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo N° 9/15: Establece la prohibición temporal de capturas de calamar en la ZCP

Prohibir la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca, a partir del día 1 de octubre del corriente año, hasta el 30 de abril de 2016.

Norma estableciendo la prohibición temporal de captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.

Visto: La necesidad de adoptar medidas tendientes a asegurar la capacidad de pesca de la especie calamar (Illex argentinus), en la Zona Común de Pesca, para el año 2016.

Considerando: Que de acuerdo al asesoramiento técnico recibido por la Comisión, resulta necesario proteger las actuales concentraciones de ejemplares juveniles de la especie, para la temporada extractiva 2016.

Atento: A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su frente marítimo

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

RESUELVE:

  1. Prohibir la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca, a partir del día 1 de octubre del corriente año, hasta el 30 de abril de 2016.
  2. Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
  3. Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
  4. Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental de Uruguay.

Capitán de Navío (R) Julio Suárez, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia

Doctor Néstor Bustamante, Delegado, a/c Delegación argentina

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